
Los pensionistas que cobren una pensión contributiva del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) van a ser algunos de los grandes beneficiarios en los próximos Presupuestos Generales del Estado 2023. Tras confirmarse una subida de entre un 7% y un 9%, se estima que las pensiones suban “en torno a un 8,5%” en el próximo ejercicio económico.
Así lo confirmó ayer la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, cuando presentó los nuevos presupuestos en el primer Consejo de Ministros de Octubre. Y es que desde el Gobierno se ha aprobado una nueva partida en pensiones con un incremento del 11,4% con respecto al año anterior.
De esta forma se confirma que la cuantía de estas ayudas, tanto las de modalidad contributiva como las no contributivas, subirán como marca la reforma Escrivá y el Pacto de Toledo: conforme al IPC. Por lo que se tomará como referencia la inflación media del mes de noviembre para calcular exactamente cuál será el importe a recibir.
Así quedan fijadas las cuantías de las pensiones en 2023
Tras esta subida anunciada por la titular de Hacienda, las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y en favor de familiares de la Seguridad Social serán las grandes beneficiarias. Como siempre, se fijarán unas cuantías mínimas y máximas, repartidas en 14 pagas, que corresponden con las que se detallan a continuación:
Jubilación con 65 años o más:
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Con cónyuge a cargo: 966,19 euros.
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Sin cónyuge: 783,04 euros.
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Con cónyuge no a cargo: 743,22 euros.
Jubilación con menos de 65 años:
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Con cónyuge a cargo: 905,87 euros.
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Sin cónyuge: 732,60 euros.
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Con cónyuge no a cargo: 692,45 euros.
Incapacidad permanente de gran invalidez:
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Con cónyuge a cargo: 1.452,60 euros.
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Sin cónyuge: 1.174,62 euros.
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Con cónyuge no a cargo: 1.114,83 euros.
Incapacidad absoluta o total de los titulares de 65 años:
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Con cónyuge a cargo: 966,19 euros.
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Sin cónyuge: 783,04 euros.
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Con cónyuge no a cargo: 743,22 euros.
Incapacidad total de los titulares de entre 60 y 64 años:
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Con cónyuge a cargo: 905,86 euros.
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Sin cónyuge: 732,59 euros.
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Con cónyuge no a cargo: 714,14 euros.
Incapacidad total derivada de una enfermedad común para menores de 60 años:
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Con cónyuge a cargo: 577,22 euros.
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Con cónyuge no a cargo: 577,22 euros.
Viudedad:
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Con cargas familiares: 905,87 euros.
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Mayores de 65 años o con discapacidad igual o superior al 65%: 783,04 euros.
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Titulares de entre 60 y 64 años: 732,60 euros.
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Menores de 60 años sin cargas: 593,30 euros.
Orfandad:
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Un beneficiario: 239,45 euros.
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Menor de edad con una discapacidad igual o superior al 65%: 470,89 euros.
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Para casos de orfandad absoluta: 795,63 euros para un solo beneficiario; en caso de varios, 239,45 euros más 593,30 euros por beneficiario.
En favor de familiares:
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Un beneficiario: 239,46 euros.
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Si no existe viudo ni huérfano:
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Un solo beneficiario con 65 años como mínimo: 578,41 euros.
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Un solo beneficiario menor de 65 años: 545,10 euros.
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Varios beneficiarios: 239,46 euros más 353,82 euros.
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En cuanto a la pensión máxima, esta ascenderá de los 2.819,19 euros al mes hasta los 3.058 euros al mes. Por lo que se rebasan los 3.000 euros para todos aquellos que en sus últimos años de vida laboral hayan cotizado por las bases máximas para la pensión de jubilación, por ejemplo.
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