Hasta el próximo 30 de septiembre se puede solicitar la ayuda de 200 euros aprobada por el Gobierno de España para aquellas personas con bajos ingresos cuyos ingresos anuales sean inferiores a los 14.000 euros. También se exige que el patrimonio que acrediten tenga un valor inferior a los 43.196,40 euros anuales. La Agencia Tributaria tributaria ya ha comenzado a tramitar el cheque.
Ahora bien, ¿cuándo se empieza a cobrar el bono anticrisis? Este medio de comunicación ha podido comprobar que ya se han recibido las primeras transferencias bancarias de esta subvención directa de un único pago mediante los comprobantes de varios resguardos bancarios -Banco Santander y CaixaBank- que nos ha hecho llegar algunos de sus beneficiarios.
Por lo tanto, desde la fecha en la que se abrió el plazo, el pasado 11 de julio, hasta el primer día que se ha procedido a dar paso a los primeros pagos, solo han pasado 10 días. En los recibos se puede comprobar que figura como pagador la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
¿Cómo saber si me han concedido la ayuda de 200 euros?
Desde la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria se puede comprobar si la ayuda de 200 euros está dada de alta o no. Solo hay que seguir estos pasos:
- El posible beneficiario deberá acceder al apartado ‘Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania’.
- Una vez dentro de la plataforma, el interesado observará un enlace llamado ‘Consulta de solicitudes presentadas’.
- En este apartado, se podrá comprobar la opción de si ha sido aceptado o denegado el bono anticrisis.
Ahora bien, cabe decir también que el Fisco puede embargar el cheque de 200 euros, como consecuencia de haber agotado todos los tipos de liquidación y pago de una deuda. El organismo público puede retener los bienes a través de una herramienta legal catalogada como ‘diligencia de embargo’.
Por otro lado, recordar también que no todas las personas físicas pueden acogerse a esta nueva subvención directa. Es el caso de los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital y de los pensionistas, ya sea una pensión de jubilación, orfandad, viudedad, en favor de familires o de incapacidad permenente.
En el caso de los perceptores del IMV, verán incrementada las cuotas en un 15% hasta finales de diciembre. Ocurre lo mismo con las pensiones no contributivas, esto es, las dadas por el IMSERSO.
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