La Central Sindical Independiente de Funcionarios, CSIF, ha solicitado la readmisión en su puesto de trabajo de un empleado despedido, de modo improcedente según el sindicato, al que se le rescindió el contrato al terminar su baja por enfermedad, un cáncer.
CSIF ha denunciado en un comunicado que ha publicado en su página web que cuando este trabajador fue a incorporarse en su puesto, la Guardia Civil no le dejó entrar “tras finalizar su baja, por orden expresa de los responsables de la representación española sin argumentar en ese momento ninguna razón para justificarlo”.
El sindicato que defiende los derechos de los trabajadores funcionarios en España resalta que el despedido era representante del CSIF en el Comité Único PLEX, del Ministerio de Exteriores. En el momento en que se decidió su despido, estaba desempeñando un empleo de ordenanza, donde trabajaba como asistente entre los administrativos y la dirección.
Sin sueldo con el que mantener a cinco personas
El trabajador despedido cobraba un sueldo que servía para mantener a su familia de 5 personas, una de ellas con incapacidad cognitiva del 75%, según resalta CSIF que reitera la necesidad de seguir trabajando para conseguir la readmisión del empleado.
El día 4 de agosto, explica el sindicato, el trabajador terminó su baja por enfermedad, concedida para el tratamiento de un cáncer. Ese día presentó el alta que daba derecho a la incorporación a su puesto de trabajo ante la Embajada Española en el Vaticano así como ante Exteriores.
En este escrito especificaba que se iba a incorporar a sus funciones laborales el día 7 de agosto, pero cuando llegaba a desarrollar su jornada laboral en su puesto de trabajo, encontró a dos agentes en la puerta que, según la versión que da al trabajador despedido al sindicato, no le dejaron entrar al edificio.
El despido es improcedente, según CSIF
CSIF resalta en el comunicado que el despido de este trabajador es improcedente, porque no había superado el tiempo máximo de baja laboral que establece la ley en Italia. En España el periodo de baja por enfermedad es de 365 días con opción de prorrogar otros 180 más sin que ello lleve consigo el despido del empleado.
El sindicato de funcionarios reclama que el empleado no tuvo en sus manos la carta de despido hasta mitad del mes de septiembre (llegó el día 21) así como que durante ese tiempo el ahora despedido no cobró su salario.
No es la primera vez que este trabajador denuncia a la Embajada Española en la Santa Sede. Ya lo hizo en dos ocasiones más, una de ellas por una lesión en la rodilla con informe médico y la otra por no atender llamadas en un teléfono que estaba roto “y cuya reparación había solicitado el empleado” ahora despedido.
Enfermedad de larga duración “sin justificar”
Como señala el comunicado de CSIF, la subdirectora de personal les comunicó que estaban esperando por parte del trabajador, ahora desempleado, un certificado que acreditase que su enfermedad estaba dentro de las consideradas como “de larga duración”.
Esto se produjo tras un intento de reunión al que fue convocado el empleado al cual se le rescindió el contrato. Un encuentro suspendido antes de celebrarse al comprobar que el afectado iba a acudir a la misma con sus representantes legales.
Ahora el despido improcedente (según el sindicato) de este ordenanza está en manos del Ministerio de Asuntos Exteriores ya que CSIF colabora con un despacho de abogados para que salga adelante la demanda presentada ante esta institución.
El trabajador se ha puesto en contacto con la Cámara de Diputados italiana, que preside Giorgia Meloni, para denunciar su despido.
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