Los únicos casos en los que puedes irte de vacaciones estando de baja sin perder la ayuda

Estos son los casos en los que sí se puede viajar e irse de vacaciones estando de baja laboral por Incapacidad Temporal sin perder la prestación.

Una mujer de baja laboral en la playa
Casos en los que sí se puede viajar estando de baja laboral Getty Images
Esperanza Murcia

Muchos trabajadores que están en situación de Incapacidad Temporal, ahora que llega el verano, se hacen la clásica pregunta: ¿puedo irme de vacaciones estando de baja laboral? Todo depende del tipo de dolencia, lesión o enfermedad que haya producido la baja. Si viajar contradice las indicaciones del médico, agrava el estado del paciente o influye negativamente en la recuperación del mismo, no podríamos irnos de vacaciones. 

Es así porque se podría entender que se está cometiendo fraude de ley, un hecho que además de hacernos perder la prestación por Incapacidad Temporal, podría motivar a nuestra empresa a despedirnos. Y, en este caso, sería un despido procedente por el que no tendríamos derecho a cobrar indemnización. 

Asimismo, la Ley General de la Seguridad Social, en su artículo 175, establece que también se perdería el subsidio (la ayuda que se cobra estando de baja), cuando se produzcan las siguientes situaciones: 

  • Cuando el beneficiario haya actuado de forma fraudulenta para obtener o conservar la prestación.
  • Cuando el beneficiario trabaje por cuenta propia o ajena.
  • Cuando el beneficiario sin causa justificada rechace o abandone el tratamiento.
  • Cuando el beneficiario no se presente a las convocatorias realizadas por los médicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o las mutuas colaboradoras para examen y reconocimiento médico. 

Teniendo en cuenta estos puntos, ¿cuándo sí podríamos irnos de vacaciones estando de baja?

Cuándo es posible irse de vacaciones estando de baja

Solo será posible irse de vacaciones estando de baja laboral, sin perder el subsidio y el trabajo, en los casos donde el viaje no agrave el estado de la lesión, enfermedad o dolencia del trabajador, no perjudique su recuperación y no contradiga las indicaciones médicas. De hecho, podría incluso ser recomendado por los propios médicos, favoreciendo el estado del paciente.

Ocurre, por ejemplo, con las incapacidades temporales que han sido concedidas por ansiedad o depresión, donde viajar o practicar determinadas actividades pueden resultar beneficiosas para el trabajador afectado. Por poner otro caso práctico, si nuestra baja se debe a que nos hemos roto la pierna, aquí no sería recomendable. Lo más probable es que el médico que se encarga de nuestro seguimiento nos haya recomendado reposo absoluto, por lo que sí se podría estar actuando de forma fraudulenta si decidimos viajar. 

Del mismo modo, hay que recordar la obligación de acudir a todas las citas médicas. En caso de que, recomendado por los facultativos, podamos irnos de vacaciones estando de baja, siempre se debe solicitar una autorización médica. Así podremos evitar problemas y contaremos con un justificante en el que podamos ampararnos en caso de que sea necesario. Además, podremos reprogramar las citas.

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