El Gobierno, a través de la Ley de Eficiencia de la Justicia que se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 3 de enero, ha corregido el error “técnico” de la Ley de Paridad que entró en vigor el pasado agosto de 2024, y por el que un determinado grupo de trabajadores quedaron más desprotegidos frente al despido.
¿Por qué perdieron protección? El Ministerio de Igualdad, a la hora de reformar los artículos 53 y 55 del Estatuto de los Trabajadores para incluir a las víctimas de violencia de género entre los supuestos de despido nulo, se olvidó de mantener a los trabajadores beneficiarios de una adaptación de jornada por motivos de cuidado así como a los solicitantes del permiso laboral de 5 días por accidente, enfermedad u hospitalización de un familiar.
Por este motivo, estos dos grupos ya no contaban de forma automática con esta nulidad, y los trabajadores debían demostrar que el despido se había producido exclusivamente por el mero hecho de haber ejercido estos derechos y no por otro motivo (tal y como explicó a NoticiasTrabajo Carlos Javier Galán, Magistrado-Juez de lo Social y profesor de la Universitat Oberta de Catalunya). No obstante, esta corrección no se subsanará a afectos prácticos hasta el próximo mes de abril.
La corrección no entrará en vigor hasta el 3 de abril
A través de la Ley de Eficiencia de la Justicia, cuya publicación puede consultarse en este BOE, se ha corregido el explicado error técnico que disminuía la protección frente al despido a los dos grupos de trabajadores mencionados, ya que se les retiró la nulidad objetiva o automática.
En concreto, en la disposición final vigesimosexta de la norma se recogen varias modificaciones del Estatuto de los Trabajadores. En este caso, para la corrección se han modificado los artículos 53 (apartado 4) y 54 (apartado 5). Gracias a esto, se vuelve a incluir la nulidad automática u objetiva que se reconoció en su momento en el Real Decreto Ley 5/2024, y que se produce cuando el trabajador ha pedido o disfrutado la adaptación de jornada por conciliación o el permiso de 5 días por accidente, enfermedad u hospitalización.
Salvo algunos puntos, entre los que no se encuentra esta corrección, la Ley de Eficiencia de la Justicia va a entrar en vigor tres meses después de su publicación, por lo que no será hasta el 3 de abril cuando vuelva a recuperarse la nulidad en ambos casos y se subsane a efectos prácticos el error técnico que se cometió en la Ley de Paridad. Será a partir de esta fecha cuando estos trabajadores volverán a quedar protegidos frente al despido.
Otras noticias interesantes
-
Despido nulo: causas que lo originan y consecuencias
-
De 5.000 a 20.000 euros: el truco legal que puede aumentar tu indemnización por despido
Lo más leído
-
Una mujer de 84 años obligada de dejar su jubilación después que su pensión de la Seguridad Social se redujera: “necesito comer, no tengo otra opción”
-
Hacienda avisa de la nueva fecha para presentar la declaración de la Renta en 2025
-
El BOE publica las primeras oposiciones del año: 2.202 plazas con pocos requisitos y sólo con la ESO
-
Precio de la luz mañana, 9 de enero, por horas: cuándo es más barata y más cara
-
Tabla con la pensión de jubilación que te queda en función de los años cotizados si cobras un sueldo entre 1.500 euros y 2.000 euros
-
Sueldo de 3.000 euros: se busca personal para trabajar en una fábrica con contrato indefinido y ayuda con el alojamiento