Llega con meses de retraso pero, finalmente, parece que las empleadas del hogar van a estar protegidas por una normativa específica de prevención de riesgos laborales. Hay que recordar que son unas trabajadoras especialmente vulnerables por la particularidad de su actividad laboral, desarrollada en un espacio privado como son los domicilios y no en una oficina o centro de trabajo.
Con ella, se pretende seguir dando seguridad y protección a un colectivo históricamente discriminado que, en los últimos años, ha podido alcanzar derechos tan importantes como el acceso al paro o los subsidios por desempleo. Este martes, 10 de septiembre, todo apunta que se dará un paso más ya que, como adelantaron fuentes de UGT a ‘NoticiasTrabajo’, el Ministerio de Trabajo va a tratar de aprobar en Consejo de Ministros esta normativa de prevención de riesgos laborales.
Pero, ¿en qué va a consistir? Como se dio a conocer meses atrás, los empleadores van a estar obligados a realizar una evaluación de riesgos del domicilio, para lo que se va a contar con una herramienta diseñada por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST). Así lo ha podido conocer ‘El País’, que ha tenido acceso al texto de la norma, donde, sin embargo, no se establece ningún plazo para la implantación de esta herramienta.
Sobre esta, tal como ha podido conocer el citado periódico, Trabajo asegura que no supondrá ninguna dificultad para los empleadores. Junto a ella, además, se va a proporcionar una “una guía técnica para la prevención de los riesgos laborales en el trabajo doméstico” así como un protocolo “frente a la violencia y el acoso en el empleo doméstico”. Una vez realizada esta evaluación, los empleadores tendrían que proporcionar a las trabajadoras equipos de protección individual y, en caso de riesgo, paralizar la actividad.
Reconocimientos médicos gratuitos
Otro de los derechos que ganarán las empleadas del hogar es la posibilidad, si así se desea, de realizarse una revisión médica gratuita. También se les ofrecerá recibir formación financiada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FSP). Dos novedades que, según habría explicado Trabajo a ‘El País’, no supondrían un incremento de gasto público.
La Inspección de Trabajo seguirá sin poder entrar a los domicilios
A expensas de conocer la respuesta de los sindicatos y los colectivos representantes de estas trabajadoras, el texto de la norma no recoge una de las reclamaciones más repetidas por las organizaciones sindicales: la posibilidad de que la Inspección de Trabajo pueda entrar en los domicilios para comprobar que se cumple con la normativa y vigilar el nuevo procedimiento de evaluación de riesgos.
El problema es que el artículo 18 de la Constitución Española protege la inviolabilidad del domicilio, lo que dificulta la labor de la Inspección de Trabajo en el empleo del hogar y hace que, en la práctica, estas trabajadoras estén más desprotegidas, al igual que tienen más difícil demostrar la vulneración de sus derechos laborales en el trabajo.
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