Las empleadas del hogar siguen a la espera de una normativa de Prevención de Riesgos Laborales que las proteja

Las empleadas del hogar están a la espera de que se desarrolle una normativa de Prevención de Riesgos Laborales específica para el colectivo, que también recoja los riesgos de género.

Empleada del hogar, durante su jornada
La prevención de riesgos laborales de las empleadas del hogar, pendiente Archivo
Esperanza Murcia

El Real Decreto-ley 16/2022 marcó un antes y un después para el colectivo de las empleadas del hogar. Principalmente, por alcanzar un derecho básico, que se les había negado a estas trabajadoras de manera discriminatoria durante años: su derecho a cobrar el paro. Se les reconoció, eso sí, a medias, ya que la norma no les reconoce efectos retroactivos: todo lo que cotizaron antes de la entrada en vigor de este real decreto, no se les contabiliza. 

Es solo uno de sus flecos sueltos, quizás el más sonado, pero que conviven con otros puntos que, directamente, se han quedado en papel mojado. Es el caso de la normativa en materia de Prevención de Riesgos Laborales, de la que no se sabe nada aunque tendría que haber sido ya desarrollada. Lo cuentan desde Sedoac en primera persona a ‘Noticiastrabajo’, asociación de trabajadoras del hogar, asentada en Madrid, que desde el año pasado no ha vuelto a tener noticias del Gobierno.

Fueron una de las asociaciones con las que contactó el Ministerio de Trabajo para trabajar en esta guía de PRL, para ver qué debería incluir y trabajar conjuntamente. Sin embargo, la comunicación se cortó con la convocatoria de elecciones generales y no ha vuelto a ser retomada. Al menos, en el caso de Sedoac (Servicio Doméstico Activo), que no han vuelto a ser contactadas.

Es una preocupación real dentro del colectivo que ven cómo se acaba febrero, mes en el que debería haber salido por la ratificación del Convenio 189, a pesar de ser tan necesaria, tanto en el ámbito de los riesgos físicos como en el de los psicosociales. Y, aun si entrase ‘in extremis’, “a ver cómo entra”, cuenta Edith Espinola, portavoz de Sedoac, preocupada porque salga para cumplir ‘con el calendario’ pero sin recoger las recomendaciones y las necesidades reales de estas trabajadoras.

“Se tiene que recoger todo, porque no existe”, añade, haciendo énfasis en que se trata de proteger a unas trabajadoras especialmente vulnerables y expuestas por la naturaleza del trabajo que desempeñan, desarrollado en la intimidad de un domicilio del que nadie parece tener qué saber nada de puertas para dentro. 

Empleada del hogar durante su jornada laboral

La normativa de PRL, recogida en el Real Decreto, pero sin desarrollar

A través del Real Decreto-ley 16/2022, se anunciaba la modificación de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, ampliando la cobertura de la misma a las trabajadoras del hogar. En el mismo, como explicaba el abogado Javier de Cominges a ‘Noticiastrabajo’ cuando se aprobó, se recogía el riesgo específico que suelen tener estas trabajadoras por su género

En concreto, en su disposición adicional decimooctava, se establece que “en el ámbito de la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar, las personas trabajadoras tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, especialmente en el ámbito de la prevención de la violencia contra las mujeres, teniendo en cuenta las características específicas del trabajo doméstico, en los términos y con las garantías que se prevean reglamentariamente a fin de asegurar su salud y seguridad”. 

Sin embargo, en el mismo se entendía que era una cuestión que se desarrollaría reglamentariamente, pero, como lamentaba este abogado, “el problema que tiene este colectivo es que cuando dicen “en un futuro lo veremos”, el futuro nunca llega”. Y, de momento, parece cumplirse. Ya que, como explican desde Sedoac, no se conoce oficialmente qué se va a incluir en esta normativa, si los empleadores van a tener que cumplir con una serie de obligaciones, si se va a impartir formación o se va a implantar un plan de evaluación de riesgos. Y, muy importante, cómo se va a establecer para que llegue y se cumpla en los domicilios.

En mayo de 2023, el Ministerio de Trabajo anunció que se iba a abordar una nueva "norma fundamental” para “proteger los derechos de miles de trabajadoras de ayuda a domicilio y del hogar”, en consonancia con la Estrategia de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027. Para ello, se planteaba la modificación del Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, “para hacer mención expresa a las empresas a cuyo servicio se encuentre el personal dedicado a la actividad de ayuda a domicilio”. 

Esta nueva normativa, según detallaron entonces, también incluía mejoras en la prevención de riesgos laborales de las personas que trabajaban en ayuda a domicilio, en su mayoría mujeres, a través de la incorporación de la perspectiva de género en la prevención de riesgos laborales, con medidas específicas frente a agentes biológicos, cancerígenos o químicos. Del mismo modo, también se planteaban autoevaluaciones que la Inspección de Trabajo podría solicitar en caso de que fuera necesario.

A finales de junio de 2023, finalizó la consulta pública sobre el proyecto reglamentario del Real Decreto por el que se iba a desarrollar la citada disposición adicional decimoctava de prevención de riesgos laborales, pero todavía está pendiente que se apruebe y se conozca finalmente cómo se va a desarrollar, confirmando Sedoac a este medio que, a 27 de febrero de 2024, no han vuelto a tener noticias sobre esta normativa desde el pasado año.

Empleada del hogar durante su jornada de trabajo

No se les reconoce ninguna enfermedad como profesional

En paralelo a los riesgos laborales del empleo hogar, desde Sedoac reivindican otro problema que sigue mermando al colectivo de estas empleadas: no se les reconoce ninguna enfermedad como profesional. “Yo puedo estar limpiando un cristal y caerme de la escalera, que no se reconoce como accidente laboral”, relata Edith Espinola. 

Pero no solo eso, sino que se conoce que existen determinadas patologías que sufren sistemáticamente estas trabajadoras por las tareas que desempeñan a diario, comunes en su profesión, y que tampoco están reconocidas como enfermedades profesionales. Está estrictamente relacionado con la falta de evaluación de riesgos laborales del empleo del hogar ya que, sin las mismas, es más difícil establecer una relación entre sus lesiones y patologías y su actividad laboral.

Entre estas patologías, se encuentra el síndrome del túnel carpiano o las lesiones de caderas y rodillas, con mención aparte a las trabajadoras que cuidan de personas dependientes y tienen que practicarles diariamente cambios de posición, que son movimientos que dañan y desgastan el cuerpo. 

Sin este reconocimiento, se ven perjudicadas a la hora de solicitar una baja laboral o una incapacidad permanente si, por su situación, se ven incapacitadas para trabajar, ya que se les concede por contingencias comunes y no profesionales, lo que supone un perjuicio económico. Para revertirlo, se ven obligadas a reclamar, encontrándose la mayoría sin recursos para hacerlo. 

La presidenta de Sedoac, Karla Girón, nos lo muestra también con un ejemplo: “Tenemos un caso de una compañera que estuvo 10 años cuidando de una persona totalmente dependiente. La señora que cuidaba murió y la trabajadora quedó con el cuerpo totalmente destrozado”, relata, explicando que el médico fue claro a la hora de notificarle que no podía realizar ningún trabajo donde se requiriera el uso de fuerza: “Si lo vuelve a hacer, el médico se lo ha dicho claro: un esfuerzo más y se revienta los discos de su columna y se queda totalmente paralítica”. 

El problema, prosigue, es que en el caso de que esta trabajadora hubiera solicitado la pensión de incapacidad permanente, se le hubiera reconocido por contingencias comunes, y no hubiera tenido suficiente para vivir. Una resolución que abrumó a la trabajadora, que se volvió a su país ante la imposibilidad de permanecer en España con una pensión o encontrar un trabajo que fuera distinto al de empleada del hogar: “se fue decepcionada” y, además, sin ningún derecho, ya que la familia la despidió sin otorgarle su derecho a indemnización y finiquito, dejándole sin pagar ambos. 

Edith, además, añade un punto importante: los 10 años trabajados y cotizados en España, no le han servido para nada. Se quedan aquí, pero ella se marcha sin beneficiarse de nada: “Hay mucho aprovechamiento y muchos beneficios de las personas migrantes”, remarca, dando a conocer una cara de la moneda más desconocida pero que es la realidad de muchas mujeres que, a pesar de años de servicio, pueden llegar a verse sin nada.

** Desde NoticiasTrabajo nos hemos puesto en contacto, por escrito, con el Ministerio de Trabajo para conocer si se está trabajando en esta normativa, pero no se ha recibido respuesta alguna a 27 de febrero de 2024.

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