Subsidio para mayores de 52 años para las empleadas del hogar en 2023: requisitos y cuantías

El Servicio Público de Empleo Estatal permite que puedan acceder al subsidio para mayores de 52 años las empleadas del hogar siempre y cuando reúnan estos requisitos.

empleada del hogar con 60 años
Subsidio para mayores de 52 años para empleadas del hogar
Francisco Miralles

Las empleadas del hogar ya cotizan en igualdad de condiciones que el resto de trabajadores bajo el Régimen General y, por tanto, con los mismos derechos para acceder a las prestaciones y subsidios por desempleo que gestionar el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Dentro de las prestaciones que gestiona este organismo hay uno que beneficia los colectivos más adultos y es, el subsidio para mayores de 52 años. Este está destinado a personas con dificultades para encontrar empleo y que, ahora, también incluye a las empleadas del hogar.

El pasado 6 de septiembre, las empleadas del hogar dejaron de cotizar bajo el Régimen Especial de las Empleadas del hogar para pasar con el resto de trabajadores al Régimen General. Este cambio se llevó a cabo bajo la modificación del Real Decreto-Ley 16/2022, de 6 de septiembre. En él, se regula que los empleados domésticos cotizarán bajo el Régimen General y podrán acceder con sus cotizaciones a las prestaciones por desempleo del SEPE. Además, este 30 de marzo se conmemora el Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar.

Dentro de las ayudas a las que puede acceder hay una de especial interés y que afecta a las empleadas del hogar mayores de 52 años que hubieran perdido su empleo. Esta es el subsidio por desempleo para mayores de 52 años. Para acceder a ella es necesario reunir unos requisitos exigidos por el SEPE.

Requisitos para acceder al subsidio para mayores de 52 años siendo empleada de hogar

Para acceder al subsidio para empleadas de hogar mayores de 52 años es necesario estar en situación de desempleo. En el caso de que fueran empleadas del hogar con la condición de fijas discontinuas, no podrán acceder cuando su fecha de hecho causante sea anterior al 2 de marzo de 2022.

También, es necesario haber agotado la prestación contributiva por desempleo a que tuviera derecho. En el caso de no tener derecho a paro, es necesario haber cotizados, al menos, entre 90 y 359 días. Es decir, lo mismo que para acceder al subsidio por insuficiencia de cotización.

Al ser un subsidio que cotiza para la pensión y que además se cobra de manera indefinida hasta encontrar empleo o llegar a la edad de jubilación, es necesario que la empleada del hogar cuente con todos los requisitos, salvo la edad para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación. Es decir, se ha de contar con 15 años cotizados, de los cuales al menos dos, se encuentren dentro de los últimos 15 años. También, es imprescindible que haya cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.

Por último, y al ser esta, una ayuda asistencial, es necesario demostrar una vulnerabilidad económica. Para ello, el Servicio Público de Empleo establece no superar el umbral de ingresos mínimos situado en el 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. En 2023, esta cuantía se sitúa en los 810 euros mensuales.

Duración y cuantías

El subsidio para mayores de 52 años dura hasta que el beneficiario alcance la edad de jubilación. A diferencia del resto de subsidios, este tiene una duración indefinida hasta que encuentre empleo o llega a su edad de jubilación.

En el caso de estar cobrando el subsidio por desempleo, el SEPE recuerda que es posible compatibilizar el subsidio para mayores de 52 años con un trabajo, siempre que se cumpla ciertos requisitos.

La cuantía de la ayuda para desempleados mayores de 52 años es el 80 % del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). En 2023, esta cuantía son 480 euros mensuales.

Cabe recordar que este subsidio no se renueva cada seis meses. En este caso, los empleados del hogar que sean beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años deberán presentar una declaración anual de rentas que indique que el nivel de ingresos no ha superado el 75 % del SMI.

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