Soy pensionista de incapacidad permanente: ¿debe mi casero pagar la reforma de accesibilidad?

La Ley de Propiedad Horizontal marca las normas para que un beneficiario pueda hacer en su casa de alquiler una reforma de accesibilidad. Pero, ¿debe pagarla el casero o el pensionista?

hombre bajando las escaleras en silla de ruedas
¿Quién tiene que pagar la reforma de accesibilidad cuando el inquilino tiene incapacidad permanente? CANVA
Isabel Gómez

La Seguridad Social siempre protege a un trabajador cuando sufre una enfermedad o accidente, sea laboral o no, con una pensión de incapacidad permanente. Al dejar de trabajar, las necesidades económicas pueden estar cubiertas, pero se puede enfrentar a otras, sobre todo si vive de alquiler. Esas barreras pueden ser físicas, lo que le hace preguntarse: ¿Debe mi casero pagar la reforma de accesibilidad?

Una duda lógica no solo si se vive de alquiler, sino además, si se vive en una comunidad de vecinos donde esa modificación puede suponer una derrama importante. Ante esto, es necesario acudir a la Ley de Propiedad Horizontal, puesto que es la normativa que recoge qué hacer en estos casos.

Como indica la citada Ley 26/2011, cualquier tipo de inmueble debe garantizar al pensionista con lesiones, el acceso y seguridad, adaptándolo. Una necesidad que puede ser requerida tanto por el mismo beneficiario como por la propia comunidad de vecinos. 

Al mismo tiempo, como apuntan desde Grupo Excelsior, la instalación de medidas salvaescaleras, por ejemplo, es algo obligatorio para los edificios donde residen personas mayores de 70 años u otras con alguna discapacidad. Pero, ¿a quién le toca afrontar todos estos gastos? A veces, esas reformas también deben hacerse dentro del hogar para adaptar, por ejemplo, el baño a las necesidades del inquilino.

¿Quién debe asumir los gastos de las reformas de accesibilidad: inquilino o casero?

Echando un vistazo a la Ley de Propiedad Horizontal, es posible comprobar en su artículo 10 cómo todas las reformas de accesibilidad que haya que hacer dentro de la vivienda y en las zonas comunes del edificio tienen que correr a cargo del propietario de inmueble, es decir, del casero. Por lo que será obligatorio que este pague la obra.

Como también indica la ley, cualquier vecino puede negarse a pagar una derrama, pero no en el caso de que uno de ellos tenga incapacidad permanente: "Es obligatorio hacer reformas de accesibilidad en una comunidad de vecinos cuando en una de ellas vivan o trabajen personas mayores de 70 años, con movilidad reducida o con una discapacidad".

A pesar de lo anterior, el texto legal pone un límite. Como no todo el mundo tiene la misma capacidad económica para ello y es necesario hacer un gran desembolso económico, el coste de esa reforma nunca puede ser superior a 12 mensualidades (un año) de la cuota de la comunidad.

En los casos en los que la reforma sea una adaptación dentro de casa, la persona arrendataria (el casero) es la que debe asumir todo el coste de la obra de reforma.

La reforma de accesibilidad por incapacidad permanente desgrava en la declaración de la Renta

Conscientes del importante desembolso económico, Hacienda da una ventaja a los caseros que tengan que incluir reformas de accesibilidad. A la hora de afrontar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), esa obra puede desgravarse en la declaración de la Renta.

Lo hace en un 40% de la obra hasta un máximo de 7.500 euros por vivienda en cada ejercicio fiscal.

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