
La pensión de incapacidad permanente, gestionada por la Seguridad Social, permite que los trabajadores afectados por una enfermedad o accidente, de carácter laboral o no, puedan acceder a dicha pensión contributiva si tienen que abandonar su puesto de trabajo, total o parcialmente. Para ayudarles, la administración sube la cuantía al llegar a cierta edad, pero, ¿cuál es el motivo de esta decisión?
Actualmente, existen cuatro modalidades de incapacidad permanente para todas aquellas personas diagnosticadas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%: parcial, total, absoluta y el complemento de asistencia de tercera persona (antigua Gran Invalidez). A cada una de ellas les corresponde una base reguladora, aunque el cambio solo se da en la total.
¿Por qué aumenta la cuantía de la incapacidad permanente?
El motivo de por qué aumenta la cuantía de la incapacidad permanente total tiene que ver con la futura pensión de jubilación. La Seguridad Social tiene el objetivo de que la persona afectada llegue a la edad de jubilación con la mayor cuantía posible, puesto que esa discapacidad le impide en la mayoría de los casos dejar de trabajar.
Además, cabe recordar que los últimos 25 años anteriores a la jubilación son los que determinan la base reguladora de esa pensión, por lo que una mayor cotización en los años previos, supone un aumento del importe a recibir. A partir de los 55 años, la Seguridad Social aumenta la base reguladora de la incapacidad permanente total en un 20%, pasando del 55% al 75%.
Esto solo es aplicable a la modalidad total porque, tanto en la absoluta como en el complemento de asistencia de tercera persona, se tiene derecho a percibir el 100% de la base reguladora vigente en cada momento.
Cuantía de la incapacidad permanente total en 2024
A pesar de que no hay Presupuestos Generales del Estado en 2024 y se prorrogaron los anteriores, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, bajo las órdenes de Elma Saiz, ha revalorizado la cuantía de la incapacidad permanente mínima y máxima en un 3,8%, conforme a la inflación.
Por su parte, la cuantía mínima sube un 6,9%, quedando de la siguiente forma:
N Total con 65 años:
- Con cónyuge a cargo: 14.466,20 euros/anuales.
- Sin cónyuge: 11.552,80 euros/anuales.
- Con cónyuge no a cargo: 10.966,20 euros/anuales.
N Total entre 60 y 64 años:
- Con cónyuge a cargo: 14.466,20 euros/anuales.
- Sin cónyuge: 10.808,00 euros/anuales.
- Con cónyuge no a cargo: 10.215,80 euros/anuales.
N Total derivada de una enfermedad común menor de 60 años:
- Con cónyuge a cargo: 8.516,20 euros/anuales.
- Sin cónyuge: 8.516,20 euros/anuales.
- Con cónyuge no a cargo: 8.443,40 euros/anuales.
Por el contrario, la cuantía máxima supera por primera vez los 3.000 euros al mes, llegándose a cobrar 3.175,04 euros mensuales.
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