La Seguridad Social permite este truco para cobrar hasta 3.059 euros de viudedad en 2023

La Seguridad Social impone una serie de condiciones para que los beneficiarios de una viudedad cobren la cuantía máxima de 3.059 euros al compatibilizarla con otra.

Mujer viuda contanto dinero
El truco para cobrar la pensión de viudedad más alta de la Seguridad Social ENVATO
Isabel Gómez

Cobrar una pensión siempre es un seguro económico, sobre todo para las personas que perdieron a su cónyuge, pareja o excónyuge y sufrieron un descenso evidente de sus ingresos. Para seguir protegiéndoles, la Seguridad Social les permite hacer un “truco” para cobrar la pensión máxima de viudedad en 2023. Eso sí, siempre que cumplan todos los requisitos, como se verá más adelante.

La mencionada pensión es de carácter contributivo, lo que también tiene más beneficios. La administración pública retira un devengo mensual que luego es retribuido en forma de paga extra. Concretamente, se recibe dos veces al año, una en verano y otra en Navidad y que, este junio, será recibida por 2,3 millones de personas.

Otra de las ventajas es que es posible compatibilizarla con otras pensiones, lo que se traduce en un mayor incremento de los ingresos. Por ejemplo, puede cobrarse junto a una incapacidad permanente o una jubilación, siempre que la Seguridad Social lo permita. Y es que influyen varias condiciones obligatorias que debe cumplirse para ambas ayudas contributivas.

Cómo es posible compatibilizar la viudedad para cobrar la pensión máxima

Hay que tener presente que este truco de compatibilizar ambas pensiones sí que tiene límites. Si el cónyuge superviviente rehace su vida y contrae un nuevo matrimonio o pareja de hecho, solo cobrará la viudedad de uno de los dos matrimonios o parejas, en caso de que haya generado el derecho en ambos.

A partir de ahí, la persona debe cumplir con unos requisitos previos para ambas pensiones. A continuación, se explicará mediante un ejemplo si quiere cobrarse junto a una jubilación.

Requisitos para cobrar la viudedad

En los casos de muerte por enfermedad común detectada antes del matrimonio, deberán haber convivido un mínimo de un año como matrimonio o que haya un hijo en común.

Las personas separadas judicialmente o divorciadas (si no han vuelto a casarse o ser pareja de hecho) y cobran una pensión compensatoria. Si fue antes de 2008, no se requiere el cobro de la compensatoria, si entre el fallecimiento y la separación pasaron menos de 10 años, el matrimonio hubiera durado menos de 10 años y/o hubiese hijos comunes o el beneficiario tenga 50 años o más en el momento de la muerte.

Las personas víctimas de violencia doméstica y que estén separadas judicialmente o divorciadas también puede. Una sentencia reciente del Tribunal Supremo reconoció la viudedad a una mujer, aunque no eran pareja de hecho.

Las personas supervivientes de una pareja de hecho extinguida que cobrasen la compensatoria y no vuelvan a contraer matrimonio también pueden.

Requisitos para cobrar la jubilación

Para la jubilación, deberá haber alcanzado la edad ordinaria o legal en caso de haber cotizado o no un mínimo de 37 años y nueve meses. Eso sí, deberán demostrar un mínimo de 15 años de aportaciones al sistema contributivo español, dos de los cuales deben producirse antes de los 15 años anteriores a la solicitud.

Cuánto se cobra de pensión de viudedad hasta alcanzar la máxima

La Seguridad Social nunca permitirá que una persona cobre más de la cuantía máxima fijada para el correspondiente año. En 2023, ese límite está en los 3.059 euros mensuales. Pero, ¿cuánto corresponde?

Generalmente, el importe es del 52% de la base reguladora del fallecido, que puede subir al 60% en caso de que no afectan a las personas que cobrarían al mismo tiempo una jubilación.

El importe puede subir al 70% de la base reguladora si existen cargas familiares, si la viudedad es la principal fuente de ingresos y los ingresos totales “no superen la suma del límite para el complemento por mínimos de las pensiones contributivas y la cuantía mínima de la viudedad con cargas familiares”, apuntan desde el INSS.

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