Las Sede de la Tesorería General de la Seguridad Social, son prestaciones económicas que se otorgan a las personas que cuenta con un 65% de discapacidad o más y carecen de ingresos económicos suficientes. Estas, aunque se cobren todos los meses, no tiene carácter vitalicio, por lo que la Seguridad Social establece un límite de edad a partir del cual tiene que retirarlas.
Para acceder a esta es necesario, además de tener una discapacidad reconocida del 65% carecer de ingresos económicos suficientes. Según explican desde la web del IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales), este límite se sitúa en los 7.250,60 euros, aunque detallan que si en una unidad de convivencia viven más personas, el mismo aumentará (consultar límite de ingresos).
Esta pensión no hay que confundirla con la pensión de incapacidad permanente. A estas se accede cuando se tiene una limitación que impide volver al trabajo, ya sea para la misma profesión u otra totalmente diferente, además de ser necesario haber cotizado un mínimo a la Seguridad Social.
La edad en la que se deja de cobrar la pensión por discapacidad
Las pensiones no contributivas por discapacidad se cobran hasta los 65 años edad. A esta edad ya es incompatible, tal y como recogen los propios requisitos de acceso a la pensión en la web del IMSERSO, en la que establece tener entre dieciocho o más años y menos de sesenta y cinco.
Del mismo modo ocurre con las pensiones de incapacidad permanente. Al llegar a la edad ordinaria de jubilación que corresponda, se dejará de cobrar para pasar a recibir la pensión de jubilación contributiva.
Que hacer si te quitan la pensión por discapacidad
En caso de cumplir los 65 años de edad, estar recibiendo una pensión no contributiva por discapacidad y no cumplir con los requisitos para acceder a una pensión contributiva de jubilación, se deberá solicitar la pensión no contributiva por jubilación. Para acceder a estas pensiones, es necesario tener 65 años o más, haber residido en España durante al menos 10 años desde los 16 años y tener ingresos por debajo de los 7.250,60 euros anuales.
La cuantía de estas prestaciones se calcula según los ingresos personales del solicitante y de la unidad de convivencia. Si se recibe la pensión completa, se percibirán 7.250,60 euros al año, que equivalen a 517,90 euros en 14 pagas. Además, se puede recibir un complemento de 525 euros si se vive en una vivienda de alquiler.
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