Los pensionistas que pueden incluir este complemento en la pensión de hasta 1.700 euros y no lo saben

La Seguridad Social ofrece un extra de hasta 1.700 euros a ciertos pensionistas para así aumentar sus ingresos. Estos son los requisitos que deben cumplir.

Los pensionistas que pueden incluir este complemento en la pensión de hasta 1.700 euros y no lo saben
Estos pensionistas pueden solicitar este complemento de hasta 1.700 euros en la pensión
Francisco Miralles

Hay muchos pensionistas y jubilados que durante su carrera profesional tuvieron que paralizarla para dedicarse al cuidado de sus hijos. Este parón en la vida laboral provocó que a la hora que calcular la pensión de jubilación la cuantía se viera afectada de forma negativa. Para paliar esta situación el Gobierno de España a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social lanzó el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones. Esta ayuda económica va desde los 425,6 euros hasta los 1.702,4 euros anuales.

Según los últimos datos publicados por la Seguridad Social, cerca de 431.956 pensionistas han percibido el complemento por brecha de género, de las que un 92% son mujeres (397.721). El importe medio mensual de este complemento en la pensión es de 66 euros y el 10,8% percibe el complemento máximo de 1.702,4 euros. Aun así, todavía hay muchos pensionistas que pueden solicitarlo y no lo saben.

El complemento de brecha de género es una cuantía fija de 30,40 euros al mes por hijo, que se aplica desde el primer hijo, a diferencia del complemento de maternidad anterior. Este plus en la pensión hay que solicitarlo junto con la pensión además de reunir unos requisitos tanto como si lo pide la mujer o el hombre.

Requisitos para cobrar el complemento a la brecha de género

Podrán cobrar este complemento todos los beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación que vieron afectada su carrera profesional por estar al cuidado de un menor. Además, podrán solicitarlo aquellos pensionistas beneficiarios de una pensión por incapacidad permanente, viudedad o que hayan decidido pedir la jubilación anticipada, siempre y cuando se encuentren reconocidas a partir del 4 de febrero del 2021.

Aunque pueden solicitarlo ambos progenitores, solo puede pedirlo uno de los dos, el que perciba la pensión más baja. Además, es necesario reunir los requisitos que vienen especificados en la página web de la Seguridad Social.

mano sosteniendo billetes de 50 euros

Así, en el caso de que lo soliciten las madres, estas deberán estar adscritas a cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social y ser beneficiaria de una prestación contributiva de jubilación, de incapacidad permanente o de viudedad. Además, es necesario que los hijos/as se encuentren inscritos en el Registro Civil.

En el caso de los hombres, además de reunir los mismos requisitos que las mujeres, es necesario que su pensión sea inferior. Si los hijos/as fueran nacidos antes del 31 de diciembre de 1994, deberán presentar el certificado de lagunas de cotización de al menos cuatro meses entre los nueve anteriores al nacimiento o adopción y los tres años siguientes.

Si, por el contrario, los hijos/as hubieran nacido después del 1 de enero de 1995, la suma de las bases de cotización de los dos años siguientes al nacimiento o adopción deberán de ser inferiores en más del 15% a la suma de las de los dos años anteriores.

Cuánto se cobra por el complemento a la brecha de género

La brecha de género tiene una cuantía entre los 425,6 euros y hasta los 1.702,4 euros anuales. Esta irá en función del número de hijos que hayas tenido a cargo y por los que su cuidado influyó a la hora de cotizar para la pensión.

Estas son las cuantías para 2023:

  • Un hijo: 30,40 euros al mes, 425,6 euros al año.
  • Dos hijos: 60,8 euros al mes, 851,2 euros al año.
  • Tres hijos: 91,2 euros al mes, 1.276,8 euros al año.
  • Cuatro o más hijos: 121,6 euros al mes, 1.702,4 euros al año.

El complemento se cobrará hasta que la brecha de género de las pensiones de jubilación de hombres y mujeres sea igual o inferior al 5%. Para solicitarlo se puede hacer o bien desde la Sede Electrónica de la Seguridad Social o por teléfono llamando al 901 166 565 y el 915 421 176 y se debe solicitar junto con la pensión.

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