¿Cuál es la cuantía máxima que se puede cobrar en una jubilación anticipada? Esta pregunta es la que se hacen muchos ciudadanos que al contar con largas carreras de cotización y con alta cotizaciones, por encima de la pensión máxima que desean, puedan retirarse del mercado laboral antes de llegar a la edad de jubilación.
La jubilación anticipada permite que los ciudadanos puedan retirarse del mercado laboral antes de la edad ordinaria de retiro. Al igual que tiene el beneficio de disfrutar antes de la pensión de jubilación, tiene un inconveniente, y es que la cuantía se verá recortada en función de los meses adelantados. Para acceder a esta modalidad la Seguridad Social exige reunir unos requisitos, así como un mínimo de años cotizados por trabajo.
Los recortes se aplicarán tanto si la jubilación anticipada es voluntaria como forzosa o involuntaria. Así viene regulado en el Real Decreto 1698/2011. Estos recortes sobre la pensión se aplicarán una vez aplicado el método de cálculo de las pensiones de jubilación de la Seguridad Social.
Este método se basa en las 300 bases de cotización (últimos 25 años) y dividirlas entre 350. El resultado es la base reguladora. A esta base hay que aplicar los porcentajes según los años trabajados:
- Con 15 años trabajados, un 50% de dicha base reguladora.
- Seguidamente, por cada mes se sumará un 0,21%, durante los 49 meses siguientes.
- Posteriormente, por cada mes de los siguientes 209 meses, se sumará un 0,19% a dicha base.
Después de este porcentaje, hay que aplicar el coeficiente reductor por cada mes que se adelanta la jubilación. Esta irá desde un 0,50% y hasta un 30% dependiendo de la modalidad de jubilación anticipada y de los meses que se adelante esta.
Pero, ¿qué ocurre si una vez aplicados la cantidad resultante es mayor a la cuantía máxima de las pensiones? Hay que recordar que las pensiones máximas están topadas y nunca se podrá cobrar más de la pensión máxima, fijada en 2023, en los 42.829 euros anuales, que repartidas en 14 pagas, son 3.059 euros mensuales (la única excepción es cobrando el complemento para reducir la brecha de género).
Cuáles son las pensiones máximas al jubilarte de forma anticipada
Sabiendo la cuantía de la pensión máxima en 2023 y el porcentaje a aplicar, es posible establecer cuáles serán las cuantías máximas que pueden cobrarse cuando un trabajador decida jubilarse anticipadamente. Estas son:
- Adelanto de hasta 3 meses: Reducción del 0,5% (Pensión máxima: 3.044 euros mensuales).
- Adelanto de 3 a 6 meses: Reducción del 1% (Pensión máxima: 3.029 euros mensuales).
- Adelanto de 6 a 9 meses: Reducción del 1,5% (Pensión máxima: 3.014 euros mensuales).
- Adelanto de 9 a 12 meses: Reducción del 2% (Pensión máxima: 2.998 euros mensuales).
- Adelanto de 12 a 15 meses: Reducción del 2,5% (Pensión máxima: 2.983 euros mensuales)
- Adelanto de 15 a 18 meses: Reducción del 3% (Pensión máxima: 2.968 euros mensuales).
- Adelanto de 18 a 21 meses: Reducción del 3,5% (Pensión máxima: 2.953 euros mensuales).
- Adelanto de 21 a 24 meses: Reducción del 4% (Pensión máxima: 2.937 euros mensuales).
Los siguientes coeficientes son para las jubilaciones anticipadas involuntarias:
- Adelanto de 24 a 27 meses: Reducción del 4,5% (Pensión máxima: 2.922 euros mensuales).
- Adelanto de 27 a 30 meses: Reducción del 5% (Pensión máxima: 2.907 euros mensuales).
- Adelanto de 30 a 33 meses: Reducción del 5,5% (Pensión máxima: 2.892 euros mensuales).
- Adelanto de 33 a 36 meses: Reducción del 6% (Pensión máxima: 2.876 euros mensuales).
- Adelanto de 36 a 39 meses: Reducción del 6,5% (Pensión máxima: 2.871 euros mensuales).
- Adelanto de 39 a 42 meses: Reducción del 7% (Pensión máxima: 2.856 euros mensuales).
- Adelanto de 42 a 45 meses: Reducción del 7,5% (Pensión máxima: 2.841 euros mensuales).
- Adelanto de 45 a 48 meses: Reducción del 8% (Pensión máxima: 2.825 euros mensuales).
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