Los motivos por los que la Seguridad Social no subirá tu pensión en enero de 2024

Las pensiones se verán revalorizadas un 3,8% y las mínimas y no contributivas un 6,9%. Es posible que algunos pensionistas no vean la subida materializada, a pesar de haber sido aplicado.

oficina de la Seguridad Social
Los motivos por los que la Seguridad Social no subirá tu pensión Europa Press
Francisco Miralles

La próxima semana más de 10 millones de pensionistas verán en su cuenta bancaria, el ingreso de la nómina de su pensión a la que se aplicará la subida conforme a la revalorización de las pensiones. Es posible que muchos pensionistas no vean la subida materializa y vean cómo su nómina es igual o incluso más baja. Esto puede ser debido a dos motivos.

La Seguridad Social dentro de su sistema público de pensiones contempla dos tipos de prestaciones, las contributivas y no contributivas. En las primeras, habrá una pensión mínima, que para mantenerla hay que cumplir una serie de requisitos. En las no contributivas, la cuantía dependerá del nivel de ingresos.

Por estas situaciones, la Seguridad Social puede modificar la cuantía que se percibe de pensión, pudiendo mantenerla o bajarla si no se dan las condiciones. Pero, no es automático.

Motivos por los que no puede subir tu pensión si es contributiva

Según los últimos datos de la Seguridad Social a los que ha tenido acceso NoticiasTrabajo, en España hay 1.444.951 pensionistas que perciben el complemento a mínimos en las pensiones contributivas. Es decir, que estos, perciben una pensión mínima, ya sea de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, entre otros.

Para mantener ese mínimo, la Seguridad Social exige no superar un límite de rentas. Esto tiene su lógica, ya que ese complemento busca garantizar un nivel mínimo de ingresos, por lo que no tendría sentido darlo a pensionistas con altos ingresos. Este umbral se sitúa en 2024, en los 8.941,33 euros en el caso de no tener cónyuge a cargo. Sin embargo, si se tiene un cónyuge a cargo, el límite de ingresos se fijará en 10.429,82 euros anuales.

En este sentido, los pensionistas que a lo largo del ejercicio 2023 perciban (o prevean percibir) rentas acumuladas superiores al límite establecido deberían haberlo comunicado a la Seguridad Social para que actualice la cuantía y, en el caso de no tener derecho, retirar este complemento.

Así, los pensionistas sí que verán revalorizada su pensión, pero al no cobrar el complemento a mínimos es posible que la cuantía sea menor. Pero recordemos, solo en el caso de que hubiera comunicado tener rentas por encima de los valores explicados. En el caso de duda, se puede consultar el artículo 59.1 de la Ley General de la Seguridad Social, que regula este complemento.

Motivos por los que no puede subir tu pensión si es no contributiva

En el caso de percibir una pensión no contributiva (actualmente la perciben cerca de 450.000 beneficiarios) hay que saber que esta no tiene una cuantía fija y se calcula en base al nivel de ingresos. El Imserso explica en su web, que “la cuantía individual actualizada para cada pensionista se establece a partir del citado importe y en función del número de beneficiarios que vivan en el mismo domicilio, de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia, no pudiendo ser la cuantía inferior a la mínima del 25% de la establecida”.

En este caso, hay dos situaciones por las que la pensión puede verse afectada, a pesar de haber sido revalorizadas en un 6,9%. La primera razón es que durante finales de 2023, el beneficiario hubiera notificado un cambio en la situación para la regularización en 2024. En otras palabras, comunicar que su situación ha cambiado (variaciones en su convivencia, estado civil, residencia, recursos económicos propios y/o familiares). Estas variaciones pueden reducir la cuantía, pero también mantenerla o aumentarla hasta la cuantía íntegra, que son 517,90 euros al mes (en el caso de pensión no contributiva por invalidez que cobre la íntegra más el 50% son 776,85 euros al mes).

Otra de las razones por las que puede verse afectada la cuantía es por presentar la declaración anual de rentas, a la que están obligados todos los beneficiarios de una pensión no contributiva. Esta se presenta durante el primer trimestre del año y sirve para acreditar que se siguen reuniendo los requisitos para percibir esta ayuda económica. Por otro lado, se busca adaptar la cuantía al nivel de ingresos.

Estos trámites son obligatorios y el IMSERSO recuerda que no hacerlo conllevará la suspensión de la pensión. También si se han percibido importes que resulten indebidos, deberán ser devueltos por sus perceptores.

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