La pensión de 7.250 euros que pueden cobrar los que tienen menos de 5 años cotizados

Se puede acceder a las pensiones no contributivas sin haber cotizado ni un solo día, pero se pedirá carecer de ingresos suficientes al ser una prestación asistencial.

pensionista junto a su nieta sonrien
Cómo jubilarse con tan solo 5 años y con una pensión de 7.250 euros Pixabay
Francisco Miralles

Hay situaciones en la vida de una persona por las cuales se le ha impedido o no le ha sido posible trabajar y cotizar para su futura pensión de jubilación. Al llegar a su edad de jubilación, aunque pudiera trabajar, sería bastante difícil debido al actual mercado laboral. En esta situación y en el caso de no tener ingresos suficientes, la Seguridad Social ofrece la posibilidad de acceder a una pensión no contributiva de jubilación con una cuantía íntegra de 7.250 euros.

Las pensiones no contributiva o PNC son unas prestaciones que, aunque dependen de la Seguridad Social, son gestionadas por los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma y el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO). El objetivo de estas, es la de garantizar unos ingresos mínimos, así como proporcionar asistencia médica y farmacéutica gratuita, por lo que no todas las personas tienen derecho a ellas, solo las más vulnerables económicamente.

Estas se encuentran reguladas bajo la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, la cual se puede consultar en este Boletín Oficial del Estado. En él, se regulan los requisitos, así como las cuantías a cobrar según el nivel de ingresos de cada beneficiario.

Requisitos para cobrar una pensión de jubilación con 5 años cotizados

A las pensiones no contributivas de jubilación se puede acceder con menos de 5 años cotizados, e incluso sin ni siquiera haber cotizado un solo día. A cambio, la Seguridad Social pide que se cumplan con ciertas condiciones.

Primero, hay que ser mayor de 65 años y no tener derecho a una pensión contributiva de jubilación. Por otro lado, es necesario haber residido en España durante un período de 10 años, contados a partir de los 16 años, de los cuales al menos dos deben haber sido consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

Por último, y más importante, es necesario carecer de ingresos económicos suficientes. En 2024, el IMSERSO fija este límite en los 7.250,60 euros anuales. Sin embargo, si los ingresos anuales son superiores a 7.250,60 euros y se convive con familiares, el requisito se cumple solo si la suma de los ingresos anuales de todos los miembros de la unidad económica de convivencia es inferior a ciertas cuantías (cuantías para cobrar una pensión no contributiva).

Cuantías y dónde se solicita

La cuantía se determina en función de las rentas personales del solicitante y de la unidad económica de convivencia. Para este año, esta oscilará entre los 7.250,60 euros y los 1.812,65 euros anuales. Estas prestaciones se perciben en 14 pagas, 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias.

De forma mensual, la cuantía íntegra mensual es de 517,90 euros mensuales y la mínima del 25% es de 129,48 euros al mes. Nunca se podrá cobrar ni más ni menos de esta cuantía. Por lo que, si no se tienen ingresos y se cumple con el resto de requisitos, es posible acceder a una pensión de 7.250,60 euros anuales con menos de 5 años cotizados.

Esta pensión podrá solicitarse en las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas del Imserso o en cualquier otra de la Seguridad Social. También puede solicitarse por correo, aunque esta vía es más lenta.

Jubilación por discapacidad con 5 años cotizados

La Seguridad Social también anunció la posibilidad de jubilarse con 5 años cotizados para aquellas personas que cuenten con un grado de discapacidad de al menos el 45%. Si bien es cierto este extremo, hay que hacer unos matices.

Esta jubilación, que se encuentra recogida en el Real Decreto 1851/2009, y posteriormente en el Real Decreto 1539/2003, establece que los trabajadores que tengan una discapacidad igual o superior al 45% y hayan cotizado cinco años con la discapacidad reconocida pueden optar a la jubilación anticipada desde el 1 de junio de 2023. Esto no quiere decir que se puedan jubilar con 5 años. La ley establece que seguirá siendo necesario tener 15 años cotizados, pero, que de los cuales al menos 5 años, sean por discapacidad, tal y como se detalla en este artículo sobre la jubilación por discapacidad.

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