Los casos en los que te pueden quitar la pensión por incapacidad permanente y cómo recuperarla en 2024

La pensión de incapacidad permanente puede ser suspendida o extinguida. Estos son los motivos de la Seguridad Social y las opciones que hay de recuperarla este 2024.

persona mayor con incapacidad permanente
Los motivos por los que puedes perder la pensión de incapacidad permanente EFE
Isabel Gómez

No hay ocasión en la que tras una lesión o enfermedad, sea por causas laborales o no, la Seguridad Social no intente ayudarle con una pensión contributiva. Eso sí, obtenerla no es nada sencillo y que hay que demostrar que se cumplen los requisitos necesarios para cobrar la pensión de incapacidad permanente. Sin embargo, esta puede ser suspendida e incluso eliminada por varias causas. De ahí que muchos duden de cómo recuperarla.

No existe un solo motivo, sino varios, puede ser por fallecimiento, por revisión, por reconocimiento de una pensión incompatible con la de invalidez… Por eso, una vez que se consigue el reconociendo del 33% de discapacidad por el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), es imprescindible conocer todos los casos en los que es posible perder esta pensión en 2024.

Sobre todo tras la última subida sobre ella del 6,9% sobre las pensiones mínimas y del 3,8% en el resto. Un total de 945.976 son los beneficiarios de la incapacidad, según los últimos datos ofrecidos por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, quienes reciben una pensión media de 1.189,7 euros al mes y que se prevé que suba a partir de este año.

Los motivos por los que la Seguridad Social suspende la incapacidad permanente

Una de las características más importantes de esta pensión es que el tribunal médico realiza revisiones periódicas, cada dos años, hasta que se alcanza la edad ordinaria de jubilación. Y es que el órgano se reserva el derecho a revisar el grado de discapacidad con la posibilidad de aumentarlo, disminuirlo o retirarlo. 

Tras las revisiones y exámenes del EVI, la dirección provincial de la Seguridad Social puede determinar que se suspenda la incapacidad permanente cuando:

  • El pensionista actúe de forma fraudulenta, tanto para obtenerla como conservarla.
  • Haya empeoramiento de la dolencia al haber rechazado o abandonado, sin causa justificable, el tratamiento médico durante la baja médica.
  • Al rechazar o abandonar los tratamientos de rehabilitación o readaptación necesarios para la recuperación.

Los motivos por los que la Seguridad Social extingue la incapacidad permanente

Este tipo de ayuda contributiva también puede perderse de forma definitiva, por lo que los interesados deben estar atentos a los siguientes hechos y evitarlos:

  • Por revisión con resultado de curación.
  • Por fallecimiento de la persona beneficiaria.
  • Por reconocimiento del derecho de la jubilación, cuando se opte por otra pensión.
  • Por revisión de oficio, es decir, a petición de la Seguridad Social y que como resultado se derive la pérdida del derecho a la incapacidad.

Cómo recuperar la pensión de incapacidad permanente en 2024

Siempre que de la Dirección Provincial de la Seguridad Social se opte por eliminar el pago de la pensión, el afectado tiene opciones para recuperarla. Eso sí, la exigencia pasa por que el estado de salud no haya mejorado o haya empeorado. De no ser así, la reclamación no servirá para nada. ¿Cuáles son las vías que existen para ello?

La reincorporación al puesto de trabajo:

Regresar al trabajo es lo primero que habría que hacer si la Seguridad Social estipula que ya no se puede cobrar la pensión. También solicitar el subsidio por revisión de incapacidad permanente (que desaparece a partir del 1 de junio de 2024). Cuando no se tiene derecho a regresar, otra forma de obtener ingresos es intentar cobrar la prestación contributiva por desempleo (el paro) del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Mediante una reclamación previa:

Consiste en impugnar la resolución a través de una reclamación previa a traves de la vía administrativa. La Seguridad Social está obligada a emitir una nueva resolución. Si no se obtiene respuesta en 45 días, se entenderá denegado por silencio administrativo.

Demanda judicial:

El antiguo pensionista tiene derecho a acudir a la vía judicial si la resolución de la reclamación previa no es favorable. Basta con presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social de donde habite en el plazo máximo de 30 días hábiles. Así es como se puede demostrar el empeoramiento o la persistencia de la lesión o enfermedad.

Recurso a la sentencia judicial:

Cuando, tras el juicio, no se estima la declaración de la invalidez permanente, se deberán iniciar los recursos. Es posible recurrir la sentencia judicial en instancias superiores como el Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma donde resida el interesado o en un órgano superior.

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