Así afectan las cotizaciones a la Seguridad Social para la jubilación si trabajas a media jornada

La Seguridad Social incluye un cambio reciente que ya está en vigor para que aumenten las cotizaciones a media jornada. Afectará a ciertos trabajadores.

años de cotización para la pensión de jubilación
Los años de cotización necesarios para cobrar la jubilación si trabajas a tiempo parcial en 2024 PEXELS
Isabel Gómez

En muchas ocasiones, cuando un trabajador quiere acceder a la pensión de jubilación, hay una pregunta recurrente: “Si he trabajado a tiempo parcial, ¿cuántos años tengo que cotizar para la pensión de jubilación?" Y es que las cotizaciones en los últimos 25 años de vida laboral son fundamentales para acceder a esta prestación de la Seguridad Social. 

La duda es lógica ante el reciente cambio que sufrió esta cotización tras la entrada en vigor del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, sobre medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas. Desde el 1 de octubre de 2023, el artículo 247 ordena que las personas contratadas a jornada parcial verán cómo sus cotizaciones se equiparan a las que trabajan a jornada completa en el cómputo de los periodos de cotización necesarios.

Hay que tener en cuenta que esto solo ocurrirá cuando se demuestre a la Seguridad Social que se ha cotizado un mínimo de 15 años, dos de los cuales deben estar dentro de los 15 años anteriores a la solicitud. Además, no es algo que sea aplicable a los que reciben la jubilación, también a los perceptores de una incapacidad permanente, por muerte y supervivencia, por nacimiento y cuidado del menor y por incapacidad temporal.

Como el mencionado texto legislativo incluye, esta medida entró en vigor en octubre del año pasado, pero tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2023. A continuación, se explica cómo computan todos esos años a efectos prácticos.

¿A qué trabajadores beneficia la equiparación de jornada laboral para la jubilación?

Los trabajadores que verán mejorada esas condiciones son los que están contratados de forma indefinida, pero bajo la personalidad de fijos-discontinuos, “que tienen el tratamiento de trabajadores a tiempo parcial a efectos del sistema de la Seguridad Social, para la determinación de la base reguladora diaria de la prestación por incapacidad temporal”. Así lo recoge el artículo 248.2 del texto legal.

Realmente, la equiparación de la jornada parcial a la completa ya se aplicaba según lo dispuesto en las sentencias del Tribunal Constitucional 91/2019, de 3 de julio, y 155/2021, de 13 de septiembre, por las que se declaran de inconstitucionalidad y nulidad.

¿Cómo calcular la pensión de jubilación a jornada parcial y años necesarios para cobrar el 100%?

Para calcular la pensión de jubilación a jornada parcial, primero se debe calcular la base reguladora. Para ellos hay que coger las bases de cotización de los últimos 25 años anteriores a la jubilación (300 meses) y dividir entre 350. El resultado de esta operación es la base reguladora, es decir, el 100% de la pensión de jubilación a la que el futuro pensionista tendría derecho. Sobre estas cotizaciones se pueden añadir tanto las lagunas de cotización como las cotizaciones ficticias.

Ahora, según los años cotizados, se tendrá derecho a un porcentaje de esa cotización. Así, con 15 años cotizados se tendrá derecho al 50% de la base reguladora obtenida.

Posteriormente, por cada uno de los meses siguientes hasta 49 meses, se aplicará un 0,21% extra sobre la base reguladora. Luego, por cada uno de los meses siguientes, desde el 50 y hasta el 209, se aplicará un extra del 0,19% sobre la base reguladora.

De esta forma, para tener derecho al 100% de la pensión de jubilación a jornada parcial será necesario contar con 36 años y 6 meses de cotización.

En el caso que tras este cálculo la cuantía de la pensión de jubilación fuera inferior a la mínima (cuantías mínimas de las pensiones contributivas en 2024) se podrá solicitar el complemento a mínimos, para garantizar cobrar siempre el mínimo de jubilación fijado por ley.

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