
Según un estudio, los españoles a partir de los 50 años empiezan a preocuparse por su jubilación y cómo llegar a cobrar el 100% de la pensión. Según la reforma de las pensiones, la edad ordinaria de jubilación en 2023, para conseguir ese 100%, se sitúa en los 65 años para quienes han cotizado 37 años y 9 meses o más. En caso contrario, la edad de retiro será la de 66 años y cuatro meses. Ahora, hay ciertas actividades profesionales que permiten una jubilación antes de esta edad, incluso a los 55 años y sin sufrir recortes en la pensión.
Normalmente, todas las personas que se jubilan de forma anticipada sufren recortes en la pensión de jubilación, independientemente de si esta es voluntaria o involuntaria. Estos van desde un 0,5% y hasta un 30% dependiendo de los meses que se adelante la jubilación.
Aunque esto no siempre es así. La Seguridad Social contempla dentro del sistema público de pensiones de la Seguridad Social que ciertas profesiones o trabajadores con discapacidad puedan jubilarse antes de tiempo sin sufrir reducciones en la pensión. Para acceder a estas, siempre será necesario tener como mínimo 15 años cotizados en cualquier Régimen de la Seguridad Social.
Qué trabajadores se pueden jubilar a los 55 años y con el 100% de la pensión
El Instituto Nacional de la Seguridad Social permite la jubilación anticipada a los 55 años en dos casos: para los profesionales taurinos y los beneficiarios de una pensión de incapacidad permanente. Para acceder a estas se deberá cumplir una serie de condiciones.

Los profesionales taurinos podrán jubilarse a los 55 años si han trabajado como matadores de toros o de novillos, rejoneadores, sobresalientes, banderilleros, picadores y subalternos de rejones, así como los toreros cómicos.
Por otro lado, aquellos trabajadores que sean beneficiarios de una incapacidad permanente absoluta y no puedan valerse por sí mismos debido a su situación de dependencia física y, en ocasiones, intelectual, tienen la posibilidad de acceder a una jubilación anticipada a los 55 años y cobrando el 100% de la pensión correspondiente.
Otras formas de jubilarse a los 56 y 52 años de edad con el 100% de la pensión
La Seguridad Social recoge otras dos formas de jubilarse con edades más tempranas a la edad legal de jubilación. Estas edades serán las de 56 y 52 años de edad, para las personas que cuenten con un grado de discapacidad igual o superior al 45 %. Así, las personas con un grado de discapacidad de al menos el 45%, podrán jubilarse a los 56 años. En el caso de tener una discapacidad igual o superior al 65%, se podrán jubilar a los 52 años.
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