
A lo largo de la vida laboral siempre salta la misma pregunta ¿A qué edad empezaré a cobrar mi pensión? Esta es una pregunta que no tiene una única respuesta tal y como está ahora mismo conformado el sistema público de pensiones, siendo este flexible y dinámico. Además, esta pregunta cobra mucha más relevancia para aquellos trabajadores que cuentan con el mínimo de años cotizados, los cuales dudan a qué edad se pueden jubilar con 15 años cotizados y qué pensión les quedará.
El sistema de pensiones está en constante cambio y de hecho lo sigue haciendo. En este sentido, en 2011 se aprobó una reforma que sigue vigente y lo hará hasta 2027, donde coexistirán dos edades de jubilación. En ella, se introdujo dos edades que jubilación, una situada en los 65 años, para aquellos con altas cotizaciones, y otra, progresiva y que aumentaría mes a mes hasta situarse en 2027 en los 67 años.
En 2024, la edad de jubilación son 66 años y 6 meses cuando se acrediten menos de 38 años de cotizaciones. En cambio, si se tienen 38 años o más de periodo cotizado, el interesado podrá jubilarse con 65 años.
Esta norma se encuentra publicada en la disposición transitoria vigésima de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, que puede ser consultada en este Boletín Oficial del Estado.
Cuál es la edad de jubilación con 15 años cotizados
Las personas con 15 años cotizados se podrán jubilar a los 66 años y seis meses en 2024. Con estas cotizaciones no habrá posibilidad de acceder a la jubilación anticipada, ya que se requieren 35 años para la voluntaria y 33 para la involuntaria.
Pero sí hay opción de demorar la edad de jubilación, es decir, el trabajador si lo desea puede seguir trabajando más allá de la edad ordinaria. Y es que, en España no hay una edad límite para dejar de trabajar, pero existe una edad mínima para acceder a la pensión de jubilación. En este sentido, la Seguridad Social ofrece una serie de incentivos por retrasar dicha edad en forma de cheque de hasta 12.000 euros.
Cuánto me queda de pensión con 15 años cotizados
Según el método de cálculo de las pensiones de jubilación de la Seguridad Social, con 15 años cotizados se tendrá derecho al 50% de la base reguladora. La base reguladora es el resultado de sumar las 300 últimas bases de cotización y dividirlo entre 350.
A todas estas bases, salvo la de los dos últimos años anteriores al hecho causante, se aplicará el coeficiente para reflejar el efecto de la inflación. Además, se podrán añadir las conocidas como lagunas de cotización, con los que incluir durante los primeros 48 meses con el 100% de la base mínima de cotización y los siguientes con el 50% (en esta medida no puede acceder los autónomos).
Hay que entender que para el cálculo de la pensión se tienen en cuenta los últimos 25 años, pero en este caso si el trabajador cuenta con 15 años, se sumarán esas bases de cotización que son 180 y el resultado habrá que dividirlo entre 350 igualmente.
Lo más común y a no ser que las cotizaciones sean por bases muy altas, es que el resultado de la pensión sea muy bajo, inferior a las cuantías mínimas. En este caso se podrá solicitar con el complemento a mínimos para conseguir que al menos la pensión alcance la cuantía mínima fijada por el Gobierno (consultar cuantías mínimas). Eso sí, para acceder es necesario cumplir con unos requisitos y carecer de unos ingresos mínimos, los cuales se detallan en este artículo sobre el complemento a mínimos en la pensión.

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