La nueva forma de devolver los cobros indebidos a la Seguridad Social de pensiones y prestaciones

La Seguridad Social aprueba en Consejo de Ministros una nueva fórmula para devolver el dinero de cobros indebidos procedentes de prestaciones y pensiones.

Elma Saiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
El Consejo de Ministros aprueba nuevos requisitos para el reintegro de cobros indebidos de prestaciones de la Seguridad Social. Europa Press
Isabel Gómez

En España, casi un total de 14 millones de personas reciben una pensión o una prestación de la Seguridad Social, según las últimas cifras facilitadas por el ministerio de Elma Saiz. Un número alto, por lo que las probabilidades de cometer un fallo y recibir cobros indebidos o fraudulentos de la Tesorería General de la Seguridad Social aumentan. Ahora, en Consejo de Ministros, se ha aprobado una nueva forma para devolverlos con nuevos requisitos.

Pero antes de conocer cuál es el método, hay que tener en cuenta cuáles son las deudas que se pueden aplazar y cuáles no. Como informan desde dicha administración, la normativa indica que no deben haber pasado más de cuatro años, porque se entiende que a partir de este tiempo la deuda prescribe.

La ley expresa que cualquier deuda que se tenga con la TGSS se puede aplazar. Sin embargo, aquí solo tienen cabida los cobros indebidos de pensiones contributivas (jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y en favor de familiares) y las prestaciones, como el Ingreso Mínimo Vital. En algunos casos, los trabajadores autónomos también pueden aplazar su deuda.

¿Es posible fraccionar el pago de una deuda con la Seguridad Social?

Sí, las personas que tienen deudas con la Seguridad Social pueden fraccionar sus deudas por cobros indebidos. Como exponen desde la plataforma web del organismo, pueden hacerlo “las personas responsables del Iago de una deuda contraída por prestaciones indebidamente percibidas con dificultades económicas que les impidan efectuar el reintegro en el plazo indicado”.

Para ello basta con presentar la solicitud de fraccionamiento a través de la Sede Electrónica y adjuntar la documentación necesaria. Es imprescindible tener a mano el número de reclamación del importe y puede presentarse “en cualquier momento hasta el último día del mes siguiente al que recibe la notificación “.

Los nuevos límites para devolver los cobros indebidos de prestaciones de forma fraccionada

Como se ha expresado este 26 de marzo en Consejo de Ministros, donde se ha aprobado un nuevo real decreto ley de desarrollo reglamentario, este vendrá a modificar el Reglamento de Recaudación actual sobre las condiciones del fraccionamiento en el reintegro de prestaciones cobradas de forma indebida.

Cuando la medida entre en vigor, el importe mínimo mensual a devolver será de 100 euros al mes y hasta un máximo de cinco años.

Pasos para solicitar el fraccionamiento de cobros indebidos

Para ello hay que acceder a la sección ‘Ciudadanos’ del portal web de dicha administración y pulsar en la opción, ‘Recudación’, ‘Fraccionamiento del reintegro de prestaciones indebidamente percibidas’.

Una vez dentro el sistema permite obtener el acceso para aquellos que se identifiquen como persona física o como entidad. La identificación será con Cl@ve Permanente, con DNIe o con certificado digital.

Bastará con seguir todos los pasos que indique el sistema.

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