Uno de los recursos de la Seguridad Social que más beneficio ha traído en los últimos años a las personas y familias en una situación de vulnerabilidad económica o en riesgo de pobreza es el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Casi dos millones de personas son las beneficiarias de esta prestación en los últimos años, aunque deben saber que la administración lleva cada año la comprobación de rentas en un mes decisivo, donde se decide si se quita o no el IMV al titular de la ayuda.
Esta verificación de los ingresos anuales de los pensionistas se lleva a cabo junto a la Agencia Tributaria, organismo autónomo colaborador con el Ministerio de Hacienda, cuando se comprueba si la persona beneficiaria sobrepasa el límite de rentas establecido para cada año o no en su declaración de la Renta del último ejercicio económico.
Cabe mencionar que una vez aprobada la solicitud del Ingreso Mínimo Vital, este se cobra de forma indefinida, siempre y cuando la persona cumpla con todos los requisitos (no solo de carencia de rentas) que debieron acreditarse para la concesión inicial, como no ser pensionista, tener una edad de entre 23 y 65 años, entre otros.
Este es el mes decisivo para saber si se pierde o no el Ingreso Mínimo Vital
La Seguridad Social confirma que el mes decisivo para saber si los beneficiarios tienen derecho o no a seguir cobrando el Ingreso Mínimo Vital es diciembre. En esos 31 días, el INSS junto a la Agencia Tributaria cruzan datos sobre la Renta y el número de beneficiarios que disfrutan la ayuda. En caso de exceder del límite de ingresos según esas dos variables, la prestación puede ser retirada, en ocasiones, de forma temporal y, si no se subsana el error, de forma definitiva.
Este acto lo hace la propia administración de oficio, es decir, por ella misma. Por lo tanto, es importante que en cada Campaña de la Renta los beneficiarios presente el modelo 100 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Es la única forma de acreditar que siguen cumpliendo el requisito de carencia de rentas.
Una vez hechas las comprobaciones y visto que esas rentas están actualizadas y son correctas, pueden ocurrir tres situaciones: o que se haya incrementado la cuantía, que se haya reducido o que se sobrepase el límite de rentas y se pierda.
El escenario donde la persona haya visto reducidos sus ingresos se convierte en algo positivo, ya que la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) le subirá la cuantía, es decir, le aumentará la renta garantizada durante el año próximo.
Quienes en algún mes superen el límite de ingresos, por ejemplo, al cobrar una herencia, deben comunicarlo cuanto antes a la Seguridad Social, para justificar de dónde viene ese ingreso extra. Se abre un periodo de 30 días donde recurrir esa situación y demostrar cuál fue el motivo que causó la pérdida de la ayuda.
¿Cómo recuperar el Ingreso Mínimo Vital si se ha perdido?
El Ingreso Mínimo Vital puede volver a ser recuperado, si se ha perdido definitivamente o si ha sido rechazado por no cumplir los requisitos. Como apuntan desde la plataforma web del INSS, el solicitante puede iniciar una nueva solicitud “aunque debe volver a esperar seis meses”.
Hay que tener en cuenta que la decisión de la Seguridad Social puede recurrirse en un plazo de 30 días desde que se comunica el rechazo o la pérdida de la prestación. El organismo se guarda un plazo de 45 días para contestar.
Las personas que soliciten el IMV a través de formulario web, sin certificado digital, pueden consultar el estado de la solicitud en la opción ‘Aportar documentación/Consulta de Estado’.
Según la revista de este organismo, “la información de los expedientes se actualiza todos los viernes y muestra el estado de tramitación que tenga ese mismo día”.
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