Estas son las obligaciones del Ingreso Mínimo Vital para que no te quiten la ayuda

La Seguridad Social confirma que hay hasta seis obligaciones que deben cumplirse si quiere mantenerse el cobro del Ingreso Mínimo Vital. Estas son las condiciones.

mujer beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital
Obligaciones que de no cumplirlas conllevan la pérdida del IMV Archivo
Isabel Gómez

En España, las personas o familias en una situación de vulnerabilidad o en riesgo de pobreza o exclusión social tienen la oportunidad de conseguir una renta garantizada que les salve de su situación: el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Sin embargo, la Seguridad Social hace hincapié es que hay que cumplir una serie de obligaciones para que no te quiten la ayuda.

Actualmente, son casi de dos millones las personas beneficiarias del IMV, la mayoría corresponde con familias donde hay menores a cargo. Siempre que resultan beneficiarios de esta prestación no contributiva, la administración pública les recuerda que no deben sobrepasar unos límites de renta y de patrimonio.

Como suele cobrarse en situaciones extremas, aunque también si la persona está trabajando, la necesidad lleva a muchos a cometer engaños que luego se pagan caros. Existen tres tipos de infracciones: leves, graves y muy graves, como se verá a continuación.

Las obligaciones que de no cumplirlas conllevan la pérdida del Ingreso Mínimo Vital

Según confirman desde la Seguridad Social, actualmente, hay seis motivos con la consideración de muy graves. Si hubiera fraude, la administración puede oficio revisar el caso y pedir la devolución del dinero. No totalmente, solo la cuantía que recibió durante los 180 días anteriores a que cometiera el error.

Estas son las situaciones que derivan en la pérdida del IMV este 2023:

Cometer tres o más infracciones graves

Al cometer tres infracciones graves que han sido sancionadas dos veces al año, el infractor deberá cumplir con dicha multa. Por ejemplo, la falta de documentación o no comunicar cambios en los requisitos a cumplir.

Falsificación de datos y documentos

Aparte de ser una falta tipificada en el Código Penal, falsificar documentos para seguir manteniendo la ayuda económica es de las cosas más graves que se pueden cometer.

No comunicar la salida al extranjero

Cuando se vaya a realizar un viaje al extranjero por un plazo inferior a 90 días (tres meses) no tiene por qué comunicarlo a la administración. La cosa cambia cuando se sobrepasa ese límite de tiempo sin comunicarlo. Ahí es cuando el beneficiario no estaría cumpliendo con su obligación y deberá devolver el dinero.

No informar de cambios que modifiquen la situación de la prestación

Todos los perceptores están obligados a comunicar en el caso de que ya no se cumplan con alguno o varios requisitos previos que originaron el derecho a cobro. El delito se produciría en el momento en el que la persona pierde el derecho a recibirlo, pero, al no comunicar a la Seguridad Social, sigue recibiendo un dinero que no le pertenece.

No entregar la documentación necesaria

Además, se puede exigir la devolución de parte de la prestación también si el beneficiario no entrega la documentación necesaria que se pide por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Ocurre cuando se esté recibiendo un cobro de una prestación que sea mayor al 50% de la ayuda económica que le podría pertenecer.

Incumplir en varias ocasiones con las condiciones

Puede ser sancionado por una infracción muy grave cuando se haya detectado un incumplimiento continuado de las condiciones económicas que se marcan en los límites del IMV. Guarda relación con estar recibiendo un nivel mayor en los ingresos de trabajo y tener una actividad económica superior al límite que se exige respetar por parte del INSS.

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