El subsidio para mayores de 52 años es una de las prestaciones más ventajosas dentro del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). No solo permite cotizar para la pensión de jubilación mientras no se trabaja, sino que además permite que se cobre de manera indefinida hasta encontrar un empleo, incluso se puede compatibilizar con este en algunos casos. Normalmente, a los subsidios por desempleo se accede una vez agotado el paro, por los que puede surge la duda sobre si es posible cobrar subsidio para mayores de 52 años si no se tiene derecho a paro.
Las prestaciones por desempleo funcionan de la siguiente manera: de forma inicial se puede acceder o bien a la prestación contributiva por desempleo (el paro) si se tiene más de 360 cotizados por desempleo dentro o al subsidio por insuficiencia de cotización, cuando se tiene entre 90 y 359 días cotizados.
Mientras que el subsidio por cotización insuficiente una vez agotado no se tiene derecho a otras ayudas salvo, las ayudas extraordinarias por desempleo (Renta Activa de Inserción y el Subsidio Extraordinario por desempleo) en el caso del paro no es así y una vez agotado se podrá acceder a los subsidios ordinarios por desempleo.
Estas son tres que son: la ayuda familiar, el subsidio para mayores de 45 años y el de 52 años. Tras estos también se podrá acceder a las ayudas extraordinarias siempre que cumplan con los requisitos. En el caso del subsidio para mayores de 52 años es diferente.
En qué casos puedo acceder al subsidio para mayores de 52 años
Se podrá acceder de dos formas: bien tras agotar la prestación contributiva por desempleo, o bien si, sin tener derecho a esta, se hubiera cotizado entre 90 y 359 días (lo mismo que para el subsidio por cotización insuficiente). En este sentido y sobre la pregunta ¿Puedo cobrar el subsidio para mayores de 52 años si no tengo derecho a paro? La respuesta es sí, siempre que tenga al menos 90 días cotizados por desempleo.
En el caso de tener derecho a la prestación contributiva por desempleo, primero se debe cobrar esta y una vez agotada, se accederá automáticamente al subsidio para desempleados mayores de 52 años.
La razón por la que es necesario agotar primero el paro es que las cuantías son superiores. En el subsidio, la cuantía es equivalente al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) es de 480 euros al mes, mientras que el paro equivale al 70% de la base reguladora durante los seis primeros meses, y al 60% de dicha base hasta su agotamiento, teniendo una cuantía mínima de 560 euros al mes o 749 euros en el caso de tener hijos (cuantías mínimas y máximas de paro).
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