
A partir del 6 de abril ya se podrán presentar las primeras declaraciones, así que los contribuyentes que están obligados a rendir cuentas a Hacienda hay un aspecto que no dejan de preguntarse: cómo obtener el borrador de la declaración de la Renta. Es el documento que facilita la Agencia Tributaria para poder efectuar este trámite, obligatorio si se sobrepasan los límites establecidos por el organismo.
Este borrador recoge las fuentes de renta (ingresos) más habituales. Dependiendo de su origen, se puede dividir en las siguientes categorías:
- Rendimientos del trabajo: sueldos de los trabajadores, pensione o prestaciones por desempleo, entre otros.
- Rendimiento del capital mobiliario y de ganancias patrimoniales.
- Rentas inmobiliarias imputadas, Letras del Tesoro o subvenciones.
Con toda esta información, Hacienda confecciona un borrador que, en caso de tratarse de una declaración sencilla, se puede confirmar o modificar si se encontrase algún error o dato incorrecto. Para evitar confusión, hay que explicar que se dice “Borrador 2021” (apareciendo así) ya que el ejercicio que se presenta corresponde a tal curso, no al actual 2022.
¿Cuándo se puede hacer el borrador de la Renta 2021?
La Agencia Tributaria, a través de su Sede Electrónica, ya tiene habilitado el apartado especial para la Campaña de la Renta donde, como se ha dicho, se presentarán las declaraciones pertenecientes al ejercicio de 2021. No obstante, como anuncia el propio organismo, el plazo para obtener el borrador comenzará el 6 de abril y finalizará el 30 de junio de 2022, correspondiendo con las fechas de la campaña. En cuanto a los días disponibles para presentar la declaración, estas son las disponibles:
- Del 6 de abril al 30 de junio: entrega de las declaraciones por internet.
- Del 5 de mayo al 30 de junio: confección de las declaraciones por teléfono, con la ayuda del personal de la Agencia Tributaria.
- Del 1 al 30 de junio: plazo para presentar las declaraciones de forma presencial en las oficinas de Hacienda.
Cómo descargar el borrador de la renta
Aunque el borrador de la renta se podrá pedir una vez que comience la campaña, el proceso para solicitarlo es igual todos años. Para acceder al mismo se necesita contar con certificado electrónico, sistema Cl@ve o bien acceder a través del número de referencia, pudiendo pulsar en el anterior enlace para obtenerlo. Si se cuenta con alguna de estas acreditaciones, solo hay que seguir estos pasos:
- Entrar en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (también se puede acceder mediante su aplicación para móviles). Cuando se abra el plazo de presentación, en el apartado de la Campaña de la Renta, se encontrará la opción de obtener el borrador (aparece como “Servicio de tramitación de borrador/declaración. Renta WEB”).
- Registrarse con alguno de los sistemas citados.
- En caso de que sea la primera vez que el contribuyente accede al servicio, se mostrarán los datos identificativos. Habrá que revisarlos cuidadosamente. Si, por el contrario, se ha accedido antes al borrador, se podrá seguir por donde se quedó la última vez.
- Pulsa en “Confirmar” o “Modificar”, dependiendo de si ya se puede presentar o hay que corregir alguna información. Para las personas que nunca hayan presentado una, puedes consultar este artículo sobre cómo hacer la declaración de la Renta por primera vez.
Es importante revisar con tiempo el borrador de la declaración de la Renta, ya que de presentarla con algún error habría que presentar una declaración complementaria o incluso se podría recibir alguna multa de Hacienda, dependiendo su cuantía de la infracción que se haya cometido.

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