Hacienda y Seguridad Social podrán perdonar deudas de hasta 20.000 euros a los autónomos en 2023

El Gobierno ya tiene luz verde para poner en marcha la reforma de la Ley Concursal. Los autónomos en concurso de acreedores podrán recibir exoneraciones de deuda de hasta 20.000 euros por Hacienda y la Seguridad Social.

Hacienda y Seguridad Social podrán perdonar deudas de hasta 20.000 euros a los autónomos en 2023
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Isabel Gómez

Los trabajadores autónomos del RETA que se hayan declarado insolventes y hayan entrado en concurso de acreedores, van a poder tener exoneraciones de la deuda pública con Hacienda y la Seguridad Social de hasta 20.000 euros. Así lo refleja la reforma de la Ley concursal del Gobierno de España, la cual ya ha tenido luz verde tras su aprobación en el Congreso.

Por ello, muchos se preguntan cómo podrán conseguir que se le perdone la deuda pública debido a que esta norma supone un antes y un después en los concursos de acreedores, sobre todo el de los trabajadores por cuenta propia.

Tras más de un año de negociaciones, el Congreso ha llegado a un consenso y ha aprobado la reforma de dicha normativa legal. En ella se incluyen mejoras en cuanto a la celebración de los concursos, aunque todas ellas no van a entrar en vigor al mismo tiempo. El objetivo principal de esta reforma recae en adaptar una directiva europea de Ley concursal en materia de insolvencia.

¿Cómo se van a perdonar las deudas públicas de los autónomos por Hacienda y Seguridad Social?

El nuevo texto normativo tiene una serie de novedades y cambios en el procedimiento concursal, algo que el Consejo de Expertos General de Economistas de España (CGE) ha querido desgranar y ha destacado tres aspectos clave, como el de condonar deudas públicas a los autónomos.

Las exoneraciones de deuda se deberán hacer a través de un nuevo procedimiento concursal para acceder a la condonación de hasta 20.000 euros que se tengan con alguna de las administraciones públicas mencionada. Concretamente, serán 10.000 euros en la Agencia Tributaria y otros 10.000 euros en la Tesorería General de la Seguridad Social. 

Esto es algo muy importante porque hasta la fecha la única manera habilitada para poder pedir un perdón en la deuda pública que se tenía era por vía judicial. Y, en segundo lugar, porque el texto inicial recogía solo 2.000 euros de quitas, 1.000 euros para cada organismo público. Esto significa que se ha multiplicado por 10 el importe a perdonar.

¿En qué consiste las dos novedades restantes?

Un procedimiento concursal específico para autónomos

Específicamente, se trata de un procedimiento de insolvencia pensado para negocios con menos de 10 empleados. Se llevará a cabo a través de un test digital y que deberá ser autocompletado por el trabajador autónomo. 

En el momento de la propuesta las críticas sonaron fuertes. Al comienzo los más escépticos suponían que se dejaba en manos de profesionales no formados en esta materia la reestructuración de la deuda. Pero los economistas explicaron que se va a limitar el número de pequeños negocios que puedan acceder a esta opción.

Únicamente estará destinado a las actividades empresariales que tengan un volumen de negocio no superior a los 600.000 euros o un pasivo inferior a los 350.000 euros. Aún quedan flecos por definir y que no se conocen al detalle.

Nuevos planes de reestructuración de deuda

La transposición de la directiva europea exigía a España adoptar herramientas para detectar la insolvencia antes de que fuese demasiado tarde y el negocio acabase en liquidación. Para ello, el Gobierno ha desarrollado unos planes de reestructuración dirigidos a evitar la insolvencia, o a superarla, que posibilita una actuación en un estadio de dificultades previo al de los instrumentos preconcursales actuales, como recoge el documento del proyecto de ley que verá la luz próximamente.

Según justifica la norma, su introducción incentivará una reestructuración más temprana, y, por tanto, con mayores probabilidades de éxito, y contribuirá a la descongestión de los juzgados y a una mayor eficiencia del concurso. En efecto, las empresas podrán acogerse a los planes de reestructuración en una situación de probabilidad de insolvencia, previa a la insolvencia inminente que se exige para poder recurrir a los actuales instrumentos.

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