
Cuando un trabajador autónomo abandona su actividad laboral, no va a tener derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo (el paro) del SEPE. Sin embargo, esta administración pública nunca les va a dejar desprotegido cuando tengan una cierta edad y se intuye que su incorporación al mercado laboral es difícil. Es cuando entra en escena el subsidio para mayores de 52 años. Para acceder a él se deberán cumplir unos requisitos.
Esta ayuda se va a poder cobrar hasta que se encuentre un nuevo empleo o hasta que se alcance la edad para cobrar una pensión de jubilación. Y es que para suplir esa falta de aportaciones de cotización, este subsidio le va a permitir cotizar para dicha pensión por el 125% de las bases mínimas de cotización.
Una de las especificaciones que se requerirán para los autónomos es que, para solicitar el subsidio, hayan estado un mínimo de años cotizando en el Régimen General. Esto es así porque los trabajadores por cuenta propia tienen el problema que su régimen de cotización, el RETA, no cotiza por desempleo. Sí lo hacen, pero para la prestación por cese de actividad.
Otra ayuda que van a poder cobrar los mayores de esa edad es que van a poder acceder a solicitar el Ingreso Mínimo Vital. Se trata de una prestación no contributiva de la Seguridad Social que viene a dar una renta garantizada a sus beneficiarios. No es un importe fijo como tal, sino que asegura que la persona o la familia que vaya a ser perceptora viva bajo un mínimo umbral de rentas.
Requisitos a cumplir por los autónomos para cobrar el subsidio para mayores de 52 años
Se va a necesitar cumplir con las mismas exigencias de cualquier trabajador desempleado que cobre el subsidio. Estas corresponden con:
- Estar en una situación de desempleo y tener 52 años o más.
- Haber agotado todo tipo de ayuda a la que tuvieran derecho.
- Figurar como demandante de empleo durante todo el tiempo que se perciba. Deberán tener esta condición por lo menos un mes antes.
- Demostrar que sus rentas mensuales no superan el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, que los ingresos no sean mayores a los 750 euros mensuales.
- Acreditar que han cotizado para la jubilación 15 años, dos de los cuales, deben encontrarse dentro de los últimos 15 años anteriores a la solicitud.
En este punto, va a haber un requisito extra requerido a los trabajadores por cuenta propia. Deberán haber cotizado seis años en el Régimen General, ya que es el único que cotiza por desempleo.
Requisitos a cumplir cuando un autónomo quiere solicitar el Ingreso Mínimo Vital
Aparte de demostrar una vulnerabilidad económica, como condición especial, se van a tener que demostrar otras condiciones para que un autónomo sea receptor de esta prestación y son las que se especifican a continuación:
- Tener una edad comprendida entre los 23 y los 65 años.
- Residir de forma legal y continua en España durante, al menos, un año antes de hacer la petición. En caso de ser menor de 29 años, se deberá haber vivido de forma independiente en los últimos 3 años.
- Haber solicitado todos los subsidios y prestaciones a las que pudiera optar.
- No ser administrador de derecho de una sociedad mercantil ni convivir con personas que lo sean.
- No tener un patrimonio neto mayor a tres veces el umbral de renta anual que corresponda según su situación.
- No percibir una asignación económica por hijo sin discapacidad o con discapacidad menor al 33%.
Por tanto, de todo esto se deduce que cuando un autónomo abandone el mercado laboral, deberá elegir si cobrar un subsidio para mayores de 52 años o no. Mientras siga con su actividad como autónomo o, incluso, después, podrá cobrar el Ingreso Mínimo Vital.

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