Uno de los mayores inconvenientes de la pensión de jubilación de los trabajadores autónomos es que la gran mayoría no tiene una cuantía demasiado alta cuando se retiran del mercado laboral. Sin embargo, desde la Seguridad Social se les va a permitir acceder a un complemento que la engrosaría en torno a un 15%: el complemento de brecha de género. Se estima que hay más de 800.000 hombres que podrían beneficiarse.
Este se puede aplicar a todos los trabajadores por cuenta propia que se jubilaron entre el 2016 y 2021 cuando se cumplan una serie de condiciones. Se pueden llegar a cobrar entre 3.000 y hasta 20.000 euros más. El motivo es que se aplicará con carácter retroactivo, es decir, que tiene validez una vez que ha pasado el tiempo.
Como apuntan desde Autónomos y Emprendedores, no es un complemento nuevo. El Gobierno lo aprobó en 2016, solo que se ha ido modificando entre esa fecha y el año pasado. De ahí que se concederá siempre que se cumplan los requisitos y se solicite por vía judicial. En 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró que ese complemento que sustituyó al de maternidad era discriminatorio y los hombres ya pudieron comenzar a reclamarlo.
¿Cuáles son los requisitos para poder cobrar el complemento por brecha de género?
Como se ha expresado, la Seguridad Social no lo concede directamente al dejar de ser autónomos y convertirse en pensionistas. Se tendrá que solicitar vía judicial, aunque habrá que cumplir con las siguientes condiciones para que se vea incrementada la pensión contributiva. Estas exigencias son:
- Ser un varón que cobre una pensión de jubilación.
- Haber estado dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) antes de jubilarse.
- Haber empezado a cobrarla entre enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.
- La modalidad de jubilación debe ser ordinaria o anticipada involuntaria. Aquí se excluyen los profesionales que cobren una anticipada voluntaria.
- Se tengan un mínimo de dos hijos. Cuantos más sean, mayor será el importe a recibir.
Cuantía a recibir
La cuantía a recibir como complemento por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) se aportará en cada mensualidad en función del número de hijos. De esta forma, el importe a recibir será el siguiente:
- Si se tiene 2 hijos, el complemento es del 5%.
- Si se tienen 3 hijos, el complemento es del 10%.
- Cuando se tienen 4 o más hijos, el complemento es del 15% de la pensión.
Por tanto, deberán tener cuatro hijos o más para cobrar el máximo permitido. Es importante saber que si se cobra la pensión máxima de jubilación, el complemento se podrá ver reducido.
Pasos para que los autónomos incrementen su pensión
Cuando el trabajador por cuenta propia vea que cumple con los requisitos, podrá acudir a un abogado para reclamar ese complemento a la Justicia. En la mayoría de ocasiones la cuantía a recibir es notable porque al cobrarse con carácter retroactivo, el importe es mayor.
Asimismo, los autónomos ven como reciben la cuantía con más "alegría" que los trabajadores por cuenta ajena. El motivo es que la pensión media de los primeros gira alrededor de los 830 euros al mes y la de los asalariados es de unos 1.400 euros mensuales, recoge AyE.
Así que para ver cómo se produce el incremento se va a explicar con un ejemplo. Hay que imaginar un autónomo con tres hijos y que cobre 1.000 euros al mes. Si se jubiló en 2016 y reclama el complemento pasaría a cobrar 1.100 euros, además, se le añadirán 8.400 euros por el carácter retroactivo de la ayuda. Este último dato sale de multiplicar 100 euros de coeficiente que se aplica por las 14 pagas anuales de la jubilación, es decir, 1.400 euros. Si este resultado se multiplica por los seis últimos años, el total extra que se le abona será de 8.400 euros.
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