La Justicia perdona más de 40.000 euros en préstamos a una mujer tras ser timada por su exmarido

La Justicia perdona a una mujer con una deuda de más de 40.000 euros en préstamos al ser beneficiada por la Ley de Segunda Oportunidad. Así lo consiguió al ser engañada por su exmarido.

Palacio del Tribunal Superior de Justicia de Madrid EFE
Isabel Gómez

Bien dicen las abuelas que “hay ocasiones en los que el matrimonio lo carga el diablo”. Y no solo por la convivencia, sino porque las situaciones pueden complicarse a nivel económico y ser un auténtico infierno. Así le ha ocurrido a una mujer madrileña que al separarse fue engañada por su exmarido y le dejó una deuda en préstamos de más de 40.000 euros. Gracias a la Ley de Segunda Oportunidad ha conseguido que la Justicia le exonere el dinero a deber, pero, ¿cuál ha sido su proceso?

Así consigue una mujer ser librada de pagar una deuda al ser timada por su exmarido

Tal y como recoge la sentencia facilitada por Repara tu deuda, una mujer madrileña fue engañada por su exmarido para que firmara una serie de préstamos que desconocía. Así lo confirma una sentencia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid que ha creado jurisprudencia.

Como dicta la resolución de este tribunal, la mujer ha podido acogerse al Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) al ser exonerada, es decir, librada de tener que hacerle frente a una deuda de 44.000 euros. Pero, ¿cómo llegó a contraerla?

Según el bufete de abogados, su cliente estaba en estado de insolvencia al ser engañada por su exmarido. Todos comenzó cuando este solicitó financiación a nombre de la deudora. En la mayoría de ocasiones fue engañada y no sabía que estaba suscribiendo contratos de préstamos, 

Con el tiempo, la señora pasó por una ruptura y posterior separación, dejando a la expareja todas las deudas a nombre de ella sin hacerse responsable. Con su pequeña nómina no podía hacerse cargo de sus gastos y al mismo tiempo pagar la cuota de todos los préstamos que debía al banco.

Según queda recogido en la sentencia, el magistrado encargado del caso explica que “por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa y concesión al deudor del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho extendido a los créditos establecidos en la resolución”.

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