Baja médica 2023: ya no será obligatorio que el trabajador de parte a su empresa

La Seguridad Social obligará a la empresa a estar informada de los informes de baja médica del trabajador, aunque esta medida aún no entra en vigor hasta su publicación en el BOE.

Los trabajadores no tienen que entregar la baja médica a la empresa en 2023
Isabel Gómez

Todos los trabajadores están obligados a comunicar a la empresa donde trabajan los partes de la baja médica cuando la Seguridad Social les concede la pensión de incapacidad temporal. Algo que tiene los días contados, según una medida anunciada por el Gobierno de España en el último consejo de ministros. Así se aprobó mediante un Real Decreto-Ley, aunque todavía no ha entrado en vigor.

A partir de ahora, ya no es obligatorio que los trabajadores informen a la empresa que están de baja médica. Estos partes estarán a disposición de la compañía que ahora es la que tiene la obligación de obtener esa información médica de la Seguridad Social o mutuas colaboradoras. 

Tal y como se advierte en el texto de los responsables de la Seguridad Social, “solo se estregará una copia, como la obligación de que sea la propia persona trabajadora quien entregue esa copia en la empresa, entidad gestora o mutua”. Así se confirma que esa segunda copia de los partes de baja desaparecen.

La Seguridad Social ofrece una alternativa para la empresa que deba recibir la baja médica

Ahora toca a las empresas ser quienes se pongan las pilas y comprueben el estado médico de su trabajador y cuál es su evolución mientras cobra una pensión de incapacidad temporal. Para facilitarle el proceso, la norma recoge que “la comunicación entre las entidades emisoras y el Instituto Nacional de la Seguridad Social será telemática, evitando trámites que puedan resultar gravosos para las personas en baja médica”.

Informar a la empresa de la baja médica por incapacidad temporal

Sin embargo, esta medida aprobada la semana parada no entra en vigor hasta que se publique en los próximos días en el Boletín Oficial del Estado. Con ello se modifica el artículo 7.1 del Real Decreto 625/2014, es que obliga a la presentación de los informes médicos al empleador.

Más tarde, los tribunales avisaron que dado que la ley no es concreta con la vía por la que debían hacerse llegar esos partes a la empresa por parte del trabajador, corresponde a esta elegir por qué mecanismo quiere avisarles. Esto ha provocado que la persona de baja pueda enviar los partes mediante correo electrónico.

Agilizar los trámites con la Seguridad Social

El principal motivo que ha llevado al Gobierno de España a tomar esta decisión es porque tras la adopción de esta medida “se agilizan los trámites y se eliminan las obligaciones burocráticas que prolongan innecesariamente los procesos, lo que supone un importante beneficio para empresas, trabajadores y para los propios médicos”.

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