El fichaje de la salida al terminar el turno, seguido de la continuidad en el puesto de trabajo para finalizar tareas, es una práctica extendida entre los empleados. En este sentido, abogado laboralista Juanma Lorente, explica que este escenario es observado de forma constante en su despacho.
Lorente da un consejo claro y es que “jamás en la vida fiches como que te vas en tu trabajo y después sigas trabajando. Te dicen que fiches y después sigas para que no se vean las horas en el registro, y tú, que te llevas bien con la empresa y acabas de empezar, lo haces”.
El abogado asegura que esta situación genera problemas futuros cuando se intenta reclamar el dinero del tiempo invertido. Con el registro oficial firmado, la reclamación se dificulta: “Y si en el registro viene que tú has trabajado 8 horas, va a ser muy complicado reclamarlas”.
La regulación del registro de jornada en España
Por el Estatuto de los Trabajadores se obliga a todas las empresas a apuntar la hora exacta de entrada y de salida de cada empleado. Asimismo, desde el Ministerio de Trabajo se exige que la realidad sea reflejada de forma fiel en dicho documento.
Cuando se marca el fin de la jornada en el sistema informático o en el papel, se declara legalmente ante el Estado la retirada a casa. Si por parte del empleado se interpone una denuncia contra la empresa para cobrar el tiempo extra, por los tribunales se solicitarán pruebas. En ese caso, la reclamación será desestimada si el propio registro indica que no se trabajó más tiempo del establecido.
Riesgos derivados de falsear el fichaje
Por la aceptación de esta práctica se generan problemas directos, los cuales son divididos por los expertos según el afectado:
- Para el trabajador:
- Pérdida del dinero: Si la salida es firmada, la recuperación de las horas extra en un juicio es calificada como inviable por los juristas.
- Retirada de coberturas por accidente: Si un percance es sufrido en la oficina o durante el teletrabajo tras haber fichado la salida, la asistencia como accidente laboral puede ser denegada por la mutua médica al no estar el empleado en su jornada.
- Para la empresa:
- Multas de carácter económico: Por la Inspección de Trabajo se castigan estas conductas con sanciones de entre 1.000 y 10.000 euros.
- Responsabilidad penal: Si los empleados son obligados a realizar esta práctica bajo amenazas y de forma constante, la empresa puede ser acusada de un delito contra los derechos de los trabajadores.
Para que los conflictos jurídicos sean evitados en el futuro, por el experto se recomienda que la entrada sea fichada justo al comenzar la actividad y que la salida sea marcada en el instante exacto en el que el trabajo sea abandonado.