El SEPE te puede suspender el subsidio para mayores de 52 años si no presentas el DAR en julio

La Declaración Anual de Rentas es un trámite obligatorio que debe presentarse cada año cuando se recibe el subsidio para mayores de 52 años. El plazo es de 15 días hábiles.

Isabel Gómez

El subsidio por desempleo destinado a mayores de 52 años es una de las ayudas más favorables que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Esta ayuda se mantiene indefinidamente hasta que el beneficiario encuentre empleo o alcance la edad de jubilación, y además cotiza para la pensión de jubilación sobre el 125% de la base mínima de cotización. Para conservar este subsidio, es imprescindible que los beneficiarios presenten anualmente una Declaración Anual de Rentas (DAR).

Por ejemplo, aquellos que lo se convirtieron en beneficiarios de este subsidio por desempleo en julio, deben presentar en este mes ese documento si no quieren que el SEPE les suspenda la ayuda asistencial.

¿Qué es la Declaración Anual de Rentas?

La declaración anual de rentas es un trámite obligatorio para aquellos que perciben el subsidio para mayores de 52 años. Este documento debe reflejar todas las rentas e ingresos del beneficiario y tiene como finalidad demostrar ante la administración pública de empleo que se sigue cumpliendo con los requisitos económicos.

Uno de los principales para recibir esta ayuda asistencial es la de no superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluyendo la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. A efectos prácticos, esto viene a equivaler con 850,5 euros mensuales tras la última actualización del SMI.

¿Cuál es el plazo para presentar la Declaración Anual de Rentas?

Tal y como recoge el portal web del SEPE, la Declaración Anual de Rentas debe ser presentada en un plazo de 15 días hábiles tras cumplirse un año desde la concesión inicial o la última renovación del subsidio. En caso de no cumplir con este trámite, el SEPE suspenderá la prestación.

¿Qué ocurre si se presenta la declaración en un tiempo posterior a la suspensión? Pues que el SEPE reanudará la prestación, aunque solo se perderán los días comprendidos entre el vencimiento del plazo y la fecha en la que se entregue la documentación requerida.

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