¿Qué es mejor cobrar el Ingreso Mínimo Vital o el subsidio para mayores de 52 años pensando en la jubilación?

Aunque el subsidio para mayores de 52 años tiene una menor cuantía, cotiza para la pensión de jubilación, algo que no hace el Ingreso Mínimo Vital.

oficina de empleo del SEPE |Europa Press
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Las personas desempleadas, mayores de 52 años y con carencia de ingresos, saben que pueden solicitar el subsidio para mayores de 52 años del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o el Ingreso Mínimo Vital de la Seguridad Social. Ante la situación de poder elegir entre dos ayudas, muchos se preguntan qué es mejor, cobrar el subsidio de 52 años o el ingreso mínimo vital.

Para dar respuesta primero hay que analizar cada prestación para luego comparar los pros y contras. Por un lado, el Ingreso Mínimo Vital es una prestación no contributiva, es decir, que no cotiza ni para el desempleo, ni para otras prestaciones contributivas como es la jubilación y además está destinada a quienes carecen de recursos económicos suficientes para cubrir necesidades básicas. Además, al ser no contributiva no requiere de cotizaciones, es decir, que podemos solicitarla sin haber cotizado ni un solo día.

Por otro lado, está el subsidio para mayores de 52 años, que a pesar de ser un subsidio, es el único que cotiza para la jubilación, haciéndolo por el 125% de la base mínima de cotización vigente en cada momento.

Ahora, para acceder a esta, el SEPE pide cumplir con la carencia genérica y específica para acceder a la pensión contributiva de jubilación. Es decir, tener 15 años cotizados, de los cuales al menos dos se encuentren dentro de los dos últimos quince años. Además, hay que tener 6 años de cotizaciones por desempleo, que recordemos, no todos los trabajos cotizan, como por ejemplo, el de los autónomos.

Siempre será más beneficioso cobrar el subsidio para mayores de 52 años

Cobrar el subsidio para mayores de 52 años, en la mayoría de los casos, será mucho mejor que cobrar el Ingreso Mínimo Vital, especialmente si miramos de cara a la futura pensión de jubilación. Como hemos dicho, al cobrar el subsidio para mayores de 52 años, el SEPE cotiza a la Seguridad Social por el beneficiario al 125% de la base mínima vigente, lo que hace, y más en los últimos años antes del retiro que nuestra base reguladora no se vea mermada.

Por el contrario, quienes solo cobran el Ingreso Mínimo Vital no generan ninguna cotización, ni para la jubilación ni para otras prestaciones de la Seguridad Social, ya que esta es una ayuda asistencial. En otras palabras, una ayuda que garantiza un ingreso mínimo, pero no da derecho a mejorar la pensión futura ni a sumar años cotizado.

Además, mientras se percibe el subsidio de 52 años, se mantiene la protección social del sistema de desempleo. Para entenderlo mejor,  si durante el cobro de este subsidio se accede a un trabajo y después se vuelve a perder, el beneficiario podrá acceder de nuevo a la prestación por desempleo, ya que seguirá figurando como demandante de empleo y cotizando en el sistema.

Esto no pasa con el Ingreso Vital que, aunque se puede compatibilizar en algunos casos con trabajos de bajos ingresos, no  cotiza para futuras prestaciones contributivas ni para el paro.

Por último, en cuanto a la cuantía, sí hay que decir, aunque depende, que el Ingreso Mínimo tendrá una cuantía mayor que el subsidio. Mientras que el subsidio tiene una cuantía fija de 480 euros al mes, el IMV es la diferencia entre la cuantía que asigna la Seguridad Social y los ingresos del solicitante o unidad familiar. Por eso, dependiendo de la unidad familiar y los ingresos, la cuantía podrá ser o no mayor que la del subsidio.

¿Se puede cobrar el subsidio para mayores de 52 años y el Ingreso Mínimo Vital a la vez?

No, no se puede cobrar a la vez el subsidio para mayores de 52 años y el Ingreso Mínimo Vital, ya que ambas prestaciones son incompatibles entre sí. Tal y como explica el Real Decreto-ley 20/2020, las prestaciones por  desempleo (como el subsidio para mayores de 52 años) se considera renta computable para calcular el derecho al IMV, por lo que si se cobra la ayuda, lo normal será que supere el límite de ingresos.

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