La Seguridad Social siempre permite que los trabajadores que hayan cotizado lo suficiente cobren una pensión contributiva. Sin embargo, un empleado de Leroy Merlín se ha llevado un varapalo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) al negarle la incapacidad permanente total tras romperse un menisco y la rótula cuando estaba en plena jornada laboral.
Una decisión de los magistrados del Juzgado de lo Social n.º. 4 de Oviedo ya tomaron y que ha sido ratificado por el TSJA en la sentencia 920/2023 de 27 de junio. El afectado es un empleado de la mencionada compañía de materiales de construcción y que sufrió un aparatoso accidente cuando estaba desempeñando sus funciones de comercial de proyectos.
El hecho en sí ocurrió en noviembre de 2019 cuando intentó ayudar a un compañero. Un mal tropiezo finalizó con una caída de la que se derivó una rotura de menisco y de la rótula. Tras pasar un examen médico, la Seguridad Social le concedió la prestación por incapacidad temporal y estuvo de baja médica del 30 de noviembre al 16 de diciembre de 2019.
Fin de la incapacidad temporal y solicitud de la incapacidad permanente total
El trabajador lesionado, de 54 años, recibió el fin de la incapacidad temporal el 11 de noviembre de 2021 y el 12 de enero del 2022 volvió a acudir al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a solicitar la incapacidad permanente total, ya que podía volver a trabajar, pero no en el mismo puesto que le originó el derecho a pensión.
Tras pasar por el examen médico del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), el tribunal médico llegó a la conclusión de que la persona sí que podía ejercer la misma profesión y que nada le impedía trabajar en el puesto anterior, por lo que le rechazó la incapacidad permanente “por no alcanzar sus lesiones el grado suficiente de disminución de su capacidad laboral”, como recogen desde ConfiLegal.
Otro de los motivos por lo que vio rechazada la pensión de la Seguridad Social fue porque el empleado de Leroy Merlín fue operado del menisco y tras la cirugía no se descubrieron ningunos signos de rotura. ¿Cuál fue la resolución de la sentencia?
La Justicia reconoce al trabajador como apto con limitaciones para la profesión habitual
Tal y como recoge la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, ante el recurso presentado por el afectado y la negativa de la Seguridad Social de concederle la incapacidad permanente, sí que se le otorgó la concesión de apto con limitaciones para la profesión habitual.
Los motivos que justifican esta decisión recaen en que la persona sí que podía seguir trabajando en el mismo puesto porque no tenía que hacer grandes esfuerzos físicos que le agravaran sus limitaciones de movilidad.
Con relación a esto anterior, los magistrados del alto tribunal de justicia asturiano consideran que tras estudiar los exámenes médicos, “las secuelas han de ser irreversibles”, pero aquí sí que son reversibles. Es por eso que finalmente no cobrará la incapacidad permanente total.
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