La declaración de la Renta 2025 deberá presentarse en unos meses e introducirá importantes cambios que los contribuyentes deben conocer y tener en cuenta. Entre las modificaciones más destacadas se encuentran las nuevas medidas relacionadas con el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), que afectarán tanto a trabajadores como a personas en situación de desempleo, quienes hasta ahora no estaban obligadas a realizar este trámite. Algunos de estos ajustes están recogidos en el Real Decreto-Ley 2/2024, que incluye la reforma de los subsidios por desempleo.
Entre las medidas que recoge esta norma se encuentra que los desempleados que reciban una prestación por desempleo deberán presentar la declaración de la Renta. Esto afectará a todos los subsidios, incluido el subsidio para mayores de 52 años, que deberá hacer el trámite por dos veces. Es decir, presentar la Renta y el DAR (declaración anual de ingresos). Además, algunos trabajadores gozarán de estar exentos, por lo se elimina la obligación de pagar el IRPF.
Por, otro lado, se introducen cambios a la hora hacer pagos, así como el uso de los Bizum, siendo objetivo de la Agencia Tributaria facilitar su uso. A continuación, se explican todas estas novedades y como afectan a los contribuyentes, con especial atención a las nuevas obligaciones de las personas desempleadas.
El cambio en la declaración de la Renta 2025
A partir del próximo año, todas las personas desempleadas que perciban un subsidio por desempleo estarán obligadas a presentar la declaración del IRPF, independientemente de cuánto hayan ganado. Esta medida está recogida en el Real Decreto-ley 2/2024, que introduce cambios en la regulación de los subsidios por desempleo y modifica diversos artículos de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).
Hasta ahora, los contribuyentes desempleados solo estaban obligados a presentar la declaración de la Renta si sus ingresos anuales superaban los 22.000 euros, o 15.000 euros, en caso de contar con dos o más pagadores. Sin embargo, con la entrada en vigor de esta nueva norma, la obligación se extenderá exclusivamente a quienes hayan recibido prestaciones por desempleo, similar a lo que ya ocurre con los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, quienes también están obligados a presentar la declaración.
Umbral del IRPF ajustado al SMI
En 2025, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) estará exento de IRPF. Es decir, que los que ganen 15.876 euros anuales (1.134 euros en 14 pagas) estarán exentos de del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas tal y como regula Real Decreto 142/2024.
Cabe recordar que este umbral exento del IRPF ha experimentado varias modificaciones en los últimos años. En 2022, se situaba en 14.000 euros anuales, subiendo a 15.000 euros en 2023. Ahora, para 2024, este límite se eleva a 15.876 euros, en línea con el nuevo SMI. El incremento del mínimo exento beneficiará a unos 5,2 millones de contribuyentes, según estimaciones del Ministerio de Hacienda.
Algunos ejemplos de como beneficiará la medida son:
- Trabajadores con ingresos iguales al SMI (15.876 euros anuales): en 2018 soportaban un 7% de retenciones (1.111 euros). En 2025 no tendrán retenciones, ahorrándose esos 1.111 euros.
- Jubilados con pensiones de 17.000 euros anuales: sus retenciones caerán de 1.462 euros en 2018 a solo 224 euros en 2025.
- Trabajadora casada, con dos hijos, con ingresos de 20.000 euros anuales: en 2018 tenía retenciones de 1.852 euros. En 2024, estas se reducirán a 1.346 euros.
Grupos exentos de declarar en 2025
Por otro lado, para el próximo año y al igual que en 2024 habrá un grupo de colectivos que estarán exentos de IRPF en 2025. Estos son los grupos:
- Las víctimas de terrorismo no deberán declarar las prestaciones públicas extraordinarias ni las pensiones relacionadas con condecoraciones o medallas otorgadas por actos de terrorismo.
- Las personas afectadas por el VIH que reciban ayudas reguladas por el Real Decreto-Ley 9/1993 están exentas de presentar la declaración.
- Las indemnizaciones por daños personales reconocidas legal o judicialmente por responsabilidad civil también están incluidas en esta exención.
- Los pensionistas que sufrieron lesiones durante la Guerra Civil, amparados por la legislación especial o por el régimen de Clases Pasivas, no tendrán que realizar este trámite.
- Las anualidades por alimentos derivadas de decisiones judiciales tampoco estarán sujetas a la obligación de declarar.
- Las prestaciones destinadas al acogimiento de personas discapacitadas, mayores de 65 años o menores en modalidades como simple, permanente o preadoptiva están exentas, junto con sus equivalentes autonómicos.
- Los premios culturales y científicos relevantes, como los Premios Príncipe de Asturias, no deberán ser declarados.
- Los deportistas de alto nivel que reciban ayudas económicas vinculadas a programas del Consejo Superior de Deportes o del Comité Olímpico Español también estarán exentos de presentar la declaración de la Renta.
Pagar la declaración de la Renta por Bizum
La Agencia Tributaria introduce una importante novedad en 2025 y es la posibilidad de pagar la declaración de la Renta a través de Bizum y tarjeta de crédito, además de las tradicionales transferencias bancarias a través de la Renta WEB Open.
La incorporación de Bizum y tarjetas de crédito tiene como objetivo adaptar el sistema tributario a las preferencias actuales de los ciudadanos. Y tiene todo el sentido del mundo, ya que según los datos del Banco de España, un tercio de los españoles utiliza Bizum para realizar pagos electrónicos y una proporción similar prefiere las tarjetas de crédito.
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