Firmar el contrato de alquiler de una vivienda es un paso importante, y es que hay diversos factores que deben tenerse en cuenta y que no pueden faltar para que tanto el casero como el inquilino se vean representados y queden reflejados todos los datos necesarios y cláusulas acordadas entre ellos.
Para la firma de un contrato de arrendamiento, puede acudirse a un abogado que lo redacte, a una agencia inmobiliaria que realice la gestión, o también puede hacerse entre ambas partes sin recurrir a un tercero.
En él, deberán incluirse todos los datos de la vivienda y partes que intervienen, además los acuerdos establecidos entre ambas para llevar a cabo el arrendamiento de la vivienda, siempre y cuando se tenga en cuenta que estos no podrán ir en contra de lo que establece la Ley en cada caso.
Qué debe incluir un contrato de arrendamiento
Tanto si se opta por realizarlo uno mismo, como si se recurre a un tercero para la elaboración del contrato, estos son los puntos clave a tener en cuenta y que no deberían faltar en un contrato de arrendamiento:
Partes que intervienen
Identificar de forma correcta los datos del arrendador, más conocido como ‘casero’ y el arrendatario que sería el inquilino. Incluyendo tanto su nombre completo y DNI como una dirección para posibles notificaciones o un teléfono de contacto.
En el caso de haber más de uno, deberán incluirse, sobre todo en el caso del arrendatario en el que habrá que prestar especial atención de incluir a todas las personas que vayan a vivir en la vivienda para evitar posibles problemas de subarriendos no autorizados.
Objeto del contrato
Otro punto a tener en cuenta es identificar de forma adecuada el inmueble que se alquila, incluyendo para ello, la dirección completa del mismo, sus características, como si tiene garaje o trastero incluidos en el contrato.
Pero esto no es todo, es importante que se incluya la referencia catastral de la vivienda, tal y como establece el artículo 38 de la Ley del Catastro Inmobiliario, y los datos de inscripción en el Registro de la Propiedad, que se pueden consultar en la Nota Simple de la vivienda.
Inventario
En el caso de la vivienda se alquile amueblada, es conveniente incluir todo el mobiliario y objetos con los que se hace entrega de la vivienda al inquilino.
Duración del alquiler
La duración del contrato no puede faltar, habrá que incluir el plazo por el que se alquila la vivienda, (que será de 5 años cuando se trate de una vivienda de una persona física, y de 7 en caso de una persona jurídica) así como el de sus posibles prórrogas y el plazo de preaviso en el caso de que se quiera cancelar o no renovar.
En el caso de que la fecha de firma del contrato y la entrega de llaves no sea la misma, sería conveniente aclarar a partir de qué fecha empieza a contar el plazo.
Renta
El importe a pagar otro de los factores que no debe olvidarse, así como la fianza que se deposita. La renta será la que pacten las partes, a no ser que se trate de una vivienda situada en una zona tensionada, según indica la Ley de Vivienda, y deberá estar especificada claramente en el contrato.
Además hay que incluir cómo se van a hacer los pagos, y con qué periodicidad, el número de cuenta en el va a recibir el dinero, y el plazo que hay que realizar cada pago de la renta.
Quién paga los gastos e impuestos
Si esta renta incluye gastos deberá especificarse, en el caso de no hacerlo habrá que indicar a quién corresponde pagar cada uno de ellos, como puede ser la comunidad, el IBI o los suministros.
Reparaciones y modificaciones
Las reparaciones y modificaciones de las viviendas suelen traer cola en este tipo de contratos. Pese a que la Ley de Arrendamiento Urbanos (LAU) establece el arrendador tiene que hacerse cargo de las reparaciones que garanticen la habitabilidad de la vivienda, y que el inquilino deberá hacerse cargo de las reparaciones del uso ordinario o los desperfectos ocasionados por su culpa, es conveniente dejar claro en el contrato quién tendrá que hacerse cargo de cada tipo de reparación, para evitar futuros problemas como por ejemplo a quién corresponde pagar si se rompe la lavadora.
Otras cláusulas
El contrato de arrendamiento es el lugar dónde deberán indicarse todas las normas y acuerdos a los que se lleguen entre el casero y el inquilino, como si se admiten mascotas, subarrendar habitaciones, o las obligaciones cuyo incumplimiento supondrían la extinción del contrato siempre y cuándo estén dentro de lo establecido por la Ley.
Otras noticias interesantes
-
El alquiler sale caro: hacen falta más ingresos para pagar al casero que una hipoteca
-
El casero no puede pedir más de estos meses de fianza en un alquiler: lo dice la Ley
-
Estas son las multas de Hacienda por no declarar el alquiler
Lo más leído
-
Todos los permisos retribuidos que podrás pedir en 2025 para faltar al trabajo: hay novedades
-
Una indigente que pedía en la puerta de un supermercado gastó un euro en un billete de Bonoloto y ganó un premio de más de 1 millón de euros
-
Una anciana se golpea con la puerta automática de un Mercadona y la justicia obliga a pagar una indemnización de 34.000 euros
-
Casa gratis, empleo fijo y sueldo superior a 1.600 euros: se buscan 99 personas en este pueblo con playa
-
Precio de la luz mañana, 27 de diciembre, por horas: cuándo es más barata y más cara
-
Una empleada que llevaba más de 30 años en El Corte Inglés es despedida sin indemnización por comer pasteles sin pagarlos: la justicia lo avala