
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Mercadona a pagar 34.000 euros a una anciana que cayó al suelo al chocar con una puerta automática.
Todo ocurrió en marzo de 2019 cuando la señora de 78 años salía de uno de los supermercados de la cadena en Madrid. Según dicta sentencia, la mujer fue golpeada por la puerta automática al salir del establecimiento, cayendo al suelo por el golpe y causándole lesiones. La puerta se cerró a su paso, lo que le hizo desequilibrarse y caer provocando una rotura de cadera y los dolores que suponen tal fractura.
Cinco años después, el tribunal ha fallado a favor de la demandante debido, según indica la sentencia, a la falta de pruebas que ofreció el supermercado. Como dicta el texto judicial, la hija de la señora reclamó las grabaciones y la empresa aseguró que habían sido borradas: “La demandada no aportó las grabaciones de las cámaras de seguridad del establecimiento para acreditar que la caída no había acaecido como decía la demandante”.
El informe pericial fue la prueba “más pertinente”
Al eximirse de las grabaciones, el tribunal entendió como “más pertinente” y de “mayor valor probatorio” el informe pericial de la demandante que demostró que la puerta golpeó a la anciana provocándole la rotura de cadera, y no el informe presentado por el perito de la empresa al “haber efectuado su informe en función del de la actora y sin haber explorado físicamente a la paciente”.
Por lo tanto, el juzgado ha terminado desestimando el recurso de apelación interpuesto por la representación de Mercadona a una primera sentencia del 29 de julio de 2022 y ha condenado a la demandada a pagar a la anciana un total de 34.404,35 euros por los daños y perjuicios que le fueron ocasionados como consecuencia del siniestro.
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