El SEPE publica los nuevos cambios para la Renta Activa de Inserción en 2023

El Servicio Público de Empleo Estatal publica nuevos cambios a la hora de cobrar la Renta Activa de Inserción. En determinados casos, afectará a la cuantía y duración de la ayuda.

Oficina del SEPE
Nuevos cambios a la hora de cobrar la Renta Activa de Inserción
Francisco Miralles

La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda extraordinaria que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) concede a trabajadores que siguen en paro y no tienen derecho ni a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo. Esta ha sufrido cambios en 2023 y afecta en determinados casos a la duración y a la cuantía de la misma.

Esta prestación económica está destinada a personas trabajadoras consideradas paradas de larga duración y que cuentan con dificultades para encontrar empleo. Las personas que pueden solicitar la Renta Activa de Inserción son los mayores de 45 años, personas con discapacidad, víctimas de violencia de género o violencia doméstica y emigrantes retornados.

Cada uno de ellos deberán reunir unos requisitos generales, que son propios tanto de los subsidios ordinarios como para las ayudas extraordinarias y, por otro lado, unas condiciones específicas, propias de cada colectivo que acceda a la ayuda.

Ahora, los beneficiarios que cobren la ayuda y que vayan a solicitarla deben saber que las condiciones han cambiado, y tanto la cuantía como su duración podrán cambiar.

Los nuevos cambios en la Renta Activa de Inserción

Para 2023, la Renta Activa de Inserción ha cambiado tres cosas, según explica la página web del SEPE. La primera de ellas, tiene que ver con la duración de la prestación para víctimas de violencia de género, sexual o doméstica. Estas, si se vieran obligadas a cambiar su residencia en los doce meses anteriores a la solicitud, podrán solicitar que la RAI se extienda tres meses más. Estos tres meses se cobrarán en un pago único, es decir, 1.440 euros de golpe y no restará meses en caso de que deba solicitarse una prórroga. Eso sí, solo se podrá solicitar una vez.

Otro de los cambios tiene que ver con los trabajadores que quieran empezar a trabajar como autónomos. Al iniciar una actividad por cuenta propia, si se encuentran cobrando la RAI, esta se suspenderá y podrá pedir un 25 % de la cuantía durante 180 días. En otras palabras, 120 euros durante 6 meses. Esta medida tampoco reducirá el tiempo restante que le quede de la RAI.

La medida también afectará a aquellos desempleados que comiencen a trabajar con un contrato a tiempo parcial. En este caso, se deducirá del importe de la RAI, la parte proporcional al tiempo trabajado y el periodo pendiente de percibir mientras se mantenga la compatibilidad. Esta se ampliará en la misma proporción.

En el caso de no encontrarse en ninguna de estas situaciones, la duración de la Renta Activa de Inserción será de 11 meses y tendrá una cuantía de 480 euros mensuales. Esta podrá solicitarse hasta tres veces, dejando un tiempo de un año entre cada solicitud. 

Requisitos para acceder a la Renta Activa de Inserción

Para acceder a solicitar la RAI habrá que reunir una serie de requisitos. Entre estos se encuentran estar en situación de desempleo e inscrito o inscrita como demandante de empleo. Mientras se perciba la ayuda habrá que mantener activa la demanda sellando el paro.

Además, será necesario no tener ingresos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Esta cantidad se sitúa en los 750 euros al mes.

Por último, para cobrar la RAI si esta ya se ha solicitado 3 veces, ya que este es el máximo de veces que se podrá solicitar.

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