
Una de las grandes preguntas a las que se enfrentan los trabajadores cuando son despedidos de sus compañías es si van a perder la prestación por desempleo, es decir, el paro, si no lo solicitan al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y se ponen a buscar otro trabajado de forma activa. Una cuestión que presenta matices que se van a explicar a continuación.
Por regla general, una persona necesita cotizar al régimen contributivo de la Seguridad Social durante un mínimo de 360 días. Desde el SEPE informan que para saber cuánto paro se tiene acumulado hasta esa fecha se debe cumplir la regla del cuatro por uno. Es decir, por cada cuatro meses cotizados, corresponde uno de prestación. De esta manera, lo mínimo que puede cobrar una persona que haya sido despedida es
¿Se puede perder el paro tras un despido si no se utiliza?
Desde la administración pública son claros con este asunto. No es obligatorio apuntarse al paro ni tampoco pedirlo. Entonces, ¿qué ocurre si no lo utilizo? Sencillamente, cuando el trabajador es despedido de la empresa o ha llegado al fin de un contrato temporal (en caso de que todavía siga acogido al él), no hay ninguna normativa legal que le exija que se apunte como demandante de empleo, ni tampoco pedir su paro.
Actualmente, las cotizaciones por desempleo que se han ido acumulando no se pierden si no se llega a disfrutar de la prestación. Es por eso que muchos trabajadores prefieren guardarlas para un futuro. Estas no se van a guardar por siempre, pero sí que se sumarán a nuevas cotizaciones.
¿Cuál es el plazo para pedir el paro tras un despido?
Se pueden dar dos opciones cuando una persona es despedida, puede ocurrir que quiera acogerse a esa prestación por desempleo del SEPE o, por el contrario, le sea más favorable seguir trabajando en un lugar nuevo. Los plazos serán diferentes para ambas situaciones.
Cobrar el paro tras un despido o fin de contrato
El Instituto de Empleo (INEM SEPE) tiene marcado en su normativa que todos los trabajadores que hayan finalizado una relación laboral con la empresa donde estaban empleados tienen un plazo de 15 días hábiles para poder acudir a sus oficinas y darse de alta como demandantes de empleo. Esto se llevará a cabo en las oficinas provinciales de cada comunidad autónoma.
Si en esta ocasión, la persona desempleada tuviera vacaciones no disfrutadas, tendría que cobrarlas de su anterior empleo mediante el abono de un finiquito.
Puede que se despiste y se le pase el plazo de presentación de la prestación. En este caso, podrá seguir solicitándolo, el derecho no deja de reconocérsele. En esta ocasión, sí que se le descontará los días que hayan pasado desde que comenzó el plazo hasta que presentó la solicitud.
No cobrar el paro y guardarlo para más adelante
Existen múltiples ocasiones en las que cuando el trabajador termina su relación laboral no quiere acogerse al paro. Puede darse por distintas variables, por ejemplo, que vaya a viajar fuera de España o que se dé de alta como autónomo (aunque aquí sí que se le recomendaría hacer una capitalización de la prestación).
Las cotizaciones se conservan pero tienen caducidad. Como explican desde la administración pública de trabajo, las cotizaciones para pedir esta ayuda caducan a los seis años naturales. Eso significa que cuando se vaya a querer cobrar, el SEPE solo va a tener en cuenta todas aquellas cotizaciones que se hayan producido en los seis años anteriores al momento en el que se solicita.
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