El sueño de muchos trabajadores es alcanzar la edad exigida por la Seguridad Social para cobrar una pensión de jubilación anticipada. Sin embargo, con la última reforma del sistema de pensiones, las cuantías de esta modalidad sufren unas penalizaciones que duran durante todo el tiempo que se reciba la pensión contributiva.
Cabe recordar que ese retiro del mercado laboral puede hacerse tanto de forma voluntaria como involuntaria, son los dos escenarios que contemplan desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
El objetivo de la reforma fue mantener la sostenibilidad del sistema y que la edad de jubilación acerque lo máximo posible a la edad real de jubilación que corresponda al futuro pensionista. Esto, en la práctica, supone retrasar la edad media de las jubilaciones en España, especialmente porque en el caso de las jubilaciones anticipadas los trabajadores dejen de cotizar antes de lo previsto y, por lo tanto, significa un esfuerzo para el sistema de pensiones a pesar de los recortes en la pensión que asume el propio trabajador.
Por eso, con la reforma Escrivá reestructuró los recortes que se realizan a las pensiones para la jubilación como contrapartida de la jubilación anticipada. Esos recortes son efectuados mediante las aplicaciones de unas penalizaciones, los coeficientes reductores, que desde 2022 son aplicables a la cuantía de la pensión (no sobre la base reguladora) y son mensuales (antes eran trimestrales).
Estas serán las pensiones que más perjudicadas por la reforma Escrivá
Existen jubilaciones anticipadas que están claramente perjudicadas si se comparan las reducciones actuales con las que tenían que ver antes de la reforma. Son las que se acogen de forma voluntaria, es decir, aquellas efectuadas exclusivamente por la voluntad de trabajador y con un anticipo máximo de dos años respecto a la edad de jubilación ordinaria.
Al mismo tiempo que vinieron los últimos cambios, también vino una reforma de esas reducciones, pasando a una nueva lista de coeficientes reductores que seguirán vigentes para desincentivar la jubilación anticipada con muchos meses de adelanto y de escasos meses de anticipo respecto a la edad de jubilación ordinaria (65 años).
Los dos objetivos son claros: empujar el objetivo de retrasar la edad de jubilación, haciendo que las personas que tenían pensado jubilarse con muchos meses de adelanto pasen a tramos medios de anticipo (que se ven mejorados en la reforma) y que las que pensaban jubilarse con escasos meses de anticipo opten directamente por la jubilación ordinaria.
Penalizaciones de la Seguridad Social en la jubilación anticipada voluntaria
Para aquellos trabajadores con menos de 38 años y seis meses cotizados, la reducción será de:
- Entre un 5,87% y un 21% si el adelanto se produce entre dos y un año antes.
- Entre un 3,26% y un 5,5%, si el recorte se produce entre un año y un mes.
Para quienes hayan cotizado entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses de cotización:
- Entre un 5,60% y un 19% si el adelanto se produce entre dos y un año antes.
- Entre un 3,11% y un 5,25%, si el recorte se produce entre un año y un mes.
Para quienes hayan cotizado entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses:
- Entre un 5,33% y un 17% si el adelanto se produce entre dos y un año antes.
- Entre un 2,96% y un 5%, si el recorte se produce entre un año y un mes.
Para aquellos trabajadores de más de 44 años y seis meses cotizados:
- Entre un 5,07% y un 13% si el adelanto se produce entre dos y un año antes.
- Entre un 2,81% y un 4,75%, si el recorte se produce entre un año y un mes.
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