Los trabajadores que se acercan a la pensión de jubilación comienzan a pensar en cuándo pueden hacer un retiro del mercado laboral y comenzar a cobrar una pensión de jubilación del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En esta decisión influyen, como factor principal, la edad ordinaria o la edad legal de los beneficiarios y de la cantidad de años que hayan cotizado al régimen contributivo de la Seguridad Social.
Desde la administración pública se exige que todos los trabajadores que quieran retirarse deben haber cotizado un mínimo de tiempo. Actualmente, este periodo está situado en los 15 años de cotización a dicho ente. Además, se especifica que de ese tiempo obligatorio, dos años deben darse dentro de los últimos 15 años anteriores a comenzar la solicitud.
El INSS acoge hasta cuatro modalidades de jubilación que se pueden llevar a cabo por los trabajadores en este año. Se diferencian entre todas en cuándo pueden llevar a cabo las personas su despedida de sus empleos y estas corresponden con las siguientes:
- Jubilación ordinaria.
- Jubilación anticipada.
- Jubilación forzosa.
- Jubilación parcial.
Los futuros pensionistas entran en confusión al averiguar cuál es la edad ordinaria y legal a la que pueden acceder en cada una de estas modalidades, por lo que, a continuación, se desgranará para despejar cualquier tipo de dudas de forma detallada.
¿Cuál es la edad ordinaria para poder solicitar una pensión de jubilación en 2022?
La edad ordinaria de jubilación en España se alcanza cuando los ciudadanos llegan a los 65 años, siempre que hayan cotizado 37 años y seis meses o más al régimen contributivo de la Seguridad Social. Así lo marca la ley del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Pero, actualmente, hay que diferenciarla con la edad legal a la que los pensionistas pueden acceder a dicha ayuda. Esta última se sitúa en los 66 años y dos meses, para todos aquellos que no hayan llegado a cotizar esos años.
El cambio proviene de la reforma que sufrieron las pensiones, en ambas modalidades, en el 2011. En ese momento, se estableció un calendario en el que año tras año, hasta el 2027, se iba a ir retrasando la edad de jubilación. El límite se estableció en el 2027, momento en el que, para acceder a la jubilación con la edad legal, se deberá haber cumplido 67 años.
¿Cuál es la edad para poder acogerse a una jubilación anticipada o forzosa en 2022?
La situación cambia cuando lo que se prefiere es comenzar a cobrar la pensión de jubilación antes de llegar a la mencionada edad ordinaria. Al realizarlo de forma prematura, desde el INSS imponen diferenciar entre la anticipada y la forzosa.
En la jubilación anticipada voluntaria, la normativa legal exige que se puede adelantar hasta dos años ese retiro del mundo laboral. Así, los interesados en acogerse a ella, deberán haber cumplido los 63 años sin cumple con el requisito de 35 de cotización. Un tiempo que, de no cumplirse, se tendrá que retrasar hasta los 64 años y dos meses. La cosa cambia con los funcionarios pertenecientes a las clases pasivas, quienes solo tendrán que acreditar un mínimo de 30 años.
En la jubilación forzosa, el trabajador puede retirarse hasta cuatro años antes de la edad ordinaria, es decir, a los 61 años, cuando hayan trabajado cotizando un mínimo de 37 años y seis meses. De no hacerlo, deberá esperar hasta los 62 años y dos meses.
¿Cuál es la edad a la que se puede solicitar una jubilación parcial en 2022?
Esta modalidad consiste en un tipo de pensión contributiva donde los trabajadores comienzan a cobrarla mientras siguen alargando su vida laboral y seguir cotizando. Así no se enfrentan de forma tan directa a las penalizaciones económicas en su cuantía y que pueden provocar una jubilación anticipada.
Eso sí, la Seguridad Social es exigente con que el empleado tenga la edad mínima para jubilarse y que se produzca una reducción de su jornada laboral, entre un 25% y un 50%. Hay ocasiones en las que la puede reducir hasta un 75%. No hay que caer en confusiones y confundirla con la prejubilación. Además, no se cobrarán ambas cantidades en su totalidad, es decir, cobrará una parte de la pensión y otra parte del salario.
En cuanto a la edad mínima para acogerse a la jubilación parcial, se debe diferenciar en:
- Si es mutualista, que la podrá solicitar a los 60 años.
- Si no lo es, que lo hará al cumplir los 62 años.
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