Así puedes jubilarte a los 60 años y cobrar el 100 % de la pensión de jubilación

Hay un grupo de trabajadores que pueden jubilarse antes de los 66 años y que no sufrirán coeficientes reductores en su pensión.

Así puedes jubilarte a los 60 años y cobrar el 100 % de la pensión de jubilación
Así se puede cobrar toda la pensión jubilándose a los 60 años
Diego Fernández

La pensión de jubilación y, sobre todo, cuánto se iba a cobrar, siempre ha sido un tema que ha traído un ‘dolor de cabeza’ sobre los solicitantes de la prestación contributiva que concede y paga el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Sobre todo ha sido protagonista en los casos en los que un trabajador ha decidido poner fin a su vida laboral antes de cumplir la edad legal de jubilación.

Dicha edad está fijada en dos aspectos diferentes en este año 2022. Por un lado se encuentran aquellos trabajadores que han cotizado más de 37 años a la Seguridad Social, que podrán acceder a ella a los 65 años sin perder ni un solo euro. Por otro lado están aquellos que han cotizado menos de los 37 años fijados, que podrán acceder a la totalidad de la pensión siempre y cuando cumplan los 66 años de edad.

En el caso de jubilarse antes, estos trabajadores sufrirán un coeficiente reductor que les hará cobrar una cuantía menor a la que le pertenecería. Aunque no en todos los casos es así, ya que hay algunos profesionales que pueden optar a la jubilación a los 60 años, es decir, 5 años antes de la edad legal y, pese a eso, cobrar el 100 % de la prestación que abona la Seguridad Social, siempre y cuando cumplan con unos requisitos.

¿Quiénes pueden jubilarse a los 60 y cobrar toda la pensión?

El Instituto Nacional de la Seguridad Social ha establecido una lista con todos aquellos profesionales que pueden acceder a una jubilación contributiva a los 60 años de edad y, junto a ella, poder cobrar la totalidad de lo que les corresponde con la prestación una vez ponen fin a su vida laboral. Estos trabajadores forman parte de un grupo que la Seguridad Social tiene calificado como ‘Clases Pasivas del Estado’. Pero, ¿quiénes forman parte de estas clases? A continuación se muestra una lista con todos los grupos de trabajadores que están integrados en la misma.

  • Funcionarios de carrera en la Administración General del Estado.
  • Funcionarios de carrera en la Administración General de Justicia.
  • Funcionarios de carrera en la Administración General de las Cortes Generales.
  • Militares de carrera.
  • Expresidentes del Gobierno.
  • Exvicepresidentes del Gobierno.
  • Exministros.

Así son los requisitos para jubilarse con 60 años y cobrar el 100 % de la pensión

Más allá de los profesionales que pueden optar a este tipo de jubilación especial con la que pueden abandonar el mercado laboral 5 años antes de lo fijado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social hay que indicar que se exigen una serie de requisitos. Ya que no solo basta con formar parte de uno de los grupos especificados en el apartado anterior para ser beneficiario de esta pensión de jubilación sin sufrir ningún tipo de coeficiente reductor. Sino que también es necesario acreditar que se cumplen un total de 4 condiciones muy específicas y que tiene impuestas la Seguridad Social, que son los siguientes: 

  • Tener cumplidos los 60 años.
  • Acumular 30 años en servicios al Estado.
  • Jubilarse a partir del 1 de enero de 2011.
  • Debe tener los últimos 5 años de trabajo cubierto por el Régimen de Clases Pasivas del Estado.

Lo más leído

Archivado en: