Este es el motivo por qué deberás devolver el 50% del Ingreso Mínimo Vital a la Seguridad Social

La Seguridad Social sanciona con la devolución de hasta el 50% del Ingreso Mínimo Vital si se demuestra engaño en la solicitud o en el aporte de los datos.

El por qué deberás devolver el 50% del Ingreso Mínimo Vital a la Seguridad Social
Berta F. Quintanilla

De este modo, reconoce como uso indebido de la nueva prestación para familias en riesgo de pobreza unos casos que vamos a exponerte a continuación.

La situación de pensiones y prestaciones en España es cambiante. Por eso te aconsejamos que consultes a diario nuestra sección especializada donde encontrarás las últimas noticias sobre la solicitud de prestaciones por desempleo del SEPE o las pensiones de la Seguridad Social.

Engaño en la solicitud de la Renta Vital

Cuando la nueva subvención vital apareció publicada en el BOE, este documento oficial contemplaba tres supuestos en los que podrías perder hasta el 50% del cobro de este Ingreso Mínimo Vital, aprobado por el Gobierno.

Vamos a explicarte qué puede pasar si la Administración pública te sanciona por cometer fraude en la solicitud de la nueva cuantía de subsistencia.

Infracción leve

La Seguridad Social considera infracción leve la falta de documentación obligatoria. En estos casos, no conlleva sanción económica.

La notificación vale en el caso en que no haya intención, porque de haberla, dejaría de ser infracción leve para pasar a ser algo más serio.

En la falta de documentos, el INSS va a avisarte mediante una notificación a través de la Sede Electrónica o mediante correo postal para que soluciones el problema y puedas acceder al cobro del IMV.

Infracción grave

Cuando recibas un 50% más de lo que legalmente te corresponde, la Administración va a entender que cometes una falta importante.

En este ámbito también se encuentra la negativa del beneficiario a participar en las acciones formativas y de búsqueda activa de empleo que va a proponer la Seguridad Social o el SEPE para conseguir la reinserción laboral y un nuevo empleo.

Las sanciones son dejar de percibir la ayuda económica del Ingreso Mínimo durante tres meses o tener que devolver la cuota correspondiente a este periodo en el caso de haber ingresado ya la cantidad en tu banco.

Infracción muy grave

Para ser considerado de este modo, deberá haber documentos falsos preparados para poder acceder a recibir otras ayudas aparte del Ingreso Mínimo Vital. También los viajes al extranjero sin notificar previamente, tal y como dice la ley.

Y, en estos casos de infracción muy grave, el INSS podrá sancionarte obligándote a devolver hasta el 50% de lo que hayas cobrado o seis meses de la prestación.

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