La pensión no contributiva es aquella modalidad especial de las pensiones que está destinada a los jubilados que no han cotizado el tiempo mínimo que exige el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Aunque no es a esta administración a la que se debe solicitar, sino que el interesado tiene que pedirla al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).
Pese a que se solicita al IMSERSO, sí que es la Seguridad Social quien paga mensualmente esta pensión junto al resto de las que sí son contributivas. Por lo que la fecha del pago también será la del día 25 de cada mes, aunque ya dependerá del banco del que se sea cliente para recibir este pago un día u otro. Además, se trata de una pensión que también tiene paguilla dos veces al año, por lo que, en este mes de noviembre, los beneficiarios habrán recibido 2 pagos de su pensión, cobrando el doble de lo que venían recibiendo habitualmente.
Además, esta prestación no contributiva tiene un carácter vitalicio, por lo que no hace falta renovarla con la administración pública. Pese a eso, también existen una serie de motivos por lo que un pensionista que la esté cobrando puede llegar a perderla debido a que incumple alguna de las exigencias que se indican por parte de la Seguridad Social. Éstos se pueden conocer mediante la lectura del artículo sobre los motivos por los que se puede dejar de cobrar una pensión no contributiva.
¿Qué es una pensión no contributiva?
La pensión no contributiva es aquella modalidad especial que ha establecido la Seguridad Social para aquellos trabajadores que vayan a acceder a esta prestación y no hayan cotizado el mínimo de años suficientes al INSS. Esta pensión tiene dos frentes, por un lado se encuentra la prestación no contributiva de jubilación y, por otro, la de invalidez.
Esta prestación también tiene una cuantía especial de cobro y es que, en ambos casos, se cobran exactamente las mismas cantidades de dinero. El IMSERSO establece 3 pagos distintos, y es que, dependen de cuántas personas estén cobrando esta pensión siempre y cuando vivan juntas ya que, en función de eso, se cobrará más o menos cantidad, esto es:
- Solo la cobra una persona: 402,80 euros al mes.
- La cobran 2 personas que viven juntas: 342,38 euros al mes para cada pensionista.
- La cobran 3 personas que viven juntas: 322,24 euros al mes para cada una.
¿Quién tiene derecho a solicitar una pensión no contributiva?
Sobre las personas que tienen derecho a solicitar esta pensión no contributiva hay que destacar que se trata de aquellas personas que tienen residencia legal en España y que no han cotizado el tiempo mínimo necesario en el INSS. Además, hay que diferenciar aquellos que pueden pedir la prestación de jubilación y la de invalidez.
Comenzando por la modalidad de jubilación, sólo podrán solicitarla al IMSERSO aquellos nuevos jubilados que hayan cotizado menos de 15 años como trabajadores al Instituto Nacional de la Seguridad Social. Cabe destacar que esta pensión cuenta con dos pagas extras anuales y que, de manera mensual, es la propia Seguridad Social quien la paga al beneficiario.
Por otro lado se encuentra la pensión no contributiva de invalidez, que es aquella que se paga a los afectados por una incapacidad permanente que no cumplen los años mínimos necesarios para recibir una cuantía contributiva. Estos se pueden conocer mediante la lectura del artículo sobre los años que son necesarios para acceder a una pensión de incapacidad permanente, por lo que, si son menos, habrá que pedir esta modalidad especial.
Pero no solo eso, sino que, para poder cobrar una prestación de invalidez por no cotizar lo suficiente es imprescindible cumplir con un segundo requisito, y es el de tener un grado mínimo de discapacidad. Para saber cuál es ver así si se cumple el mínimo para poder solicitarla es importante ampliar información y dirigirse al artículo sobre el grado de discapacidad que se necesita para cobrar una pensión no contributiva.
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