¿Qué otras ayudas son compatibles con la pensión no contributiva?

La pensión no contributiva se puede compatibilizar hasta con 2 ayudas distintas, aunque hay que cumplir una serie de requisitos mínimos.

Anciana jubilada y sus ahorros
Anciana jubilada y sus ahorros | Envato
Diego Fernández

Una pensión no contributiva a menudo ofrece una cantidad de dinero muy pequeña para afrontar los gastos que puede tener un pensionista beneficiario de la misma, ya sea en su modalidad de jubilación o de invalidez. Es por ello que esta prestación puede compatibilizarse hasta con dos ayudas económicas distintas, aunque siempre teniendo en cuenta unos factores.

No en ambos casos el beneficiario de una prestación puede solicitar alguna de las dos cuantías extras que están disponibles por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y los Servicios Sociales de las comunidades autónomas. Esto es debido a que, para acceder a los subsidios compatibles, es necesario cumplir con una serie de requisitos imprescindibles que no siempre se cumplen en un tipo de pensión no contributiva.

Hay que recordar que estas prestaciones son aquellas a las que tiene derecho un jubilado o un trabajador que haya sufrido una incapacidad permanente y se haya visto obligado a abandonar su actividad laboral, todo ello cuando no han cotizado lo suficiente a la Seguridad Social. Éstas deben solicitarse al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO). Pero no solo eso, sino que, en relación a las cuantías, se cifran en los 402,80 euros al mes como importe máximo, pero que puede bajar hasta los 322,24 euros mensuales dependiendo de la cantidad de personas que la cobren y convivan juntas.

Solo dos ayudas se pueden compatibilizar con esta pensión

Solo existen dos ayudas que se pueden pedir si se es beneficiario de una pensión no contributiva, éstas son el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y la Renta Mínima de las comunidades autónomas. Aunque lo cierto es que hay que distinguir dos casos, si se es beneficiario de una pensión por no haber cotizado el tiempo mínimo al INSS de jubilación o si se está cobrando una prestación no contributiva por invalidez.

Ayuda compatible con la pensión no contributiva de jubilación

En primer lugar, acerca de la pensión no contributiva de jubilación hay que destacar que solo hay disponible una ayuda que sea compatible con esta cuantía. Se trata de la Renta Mínima que ofrecen las comunidades autónomas en favor de aquellas personas que no tengan ingresos suficientes para afrontar los gastos vitales del día a día. 

Estas prestaciones hay que solicitarlas a los Servicios Sociales que están disponibles en los Ayuntamientos de la localidad donde se esté empadronado y están destinadas a cubrir unas necesidades básicas, como el pago de la factura eléctrica o la compra de alimentos. Sobre el tiempo que se ofrece, los requisitos y las cuantías, cada gobierno autonómico tiene unos datos distintos, y todos ellos se pueden consultar a través de la completa guía sobre la Renta Mínima de Inserción por comunidad autónoma

Ayudas compatibles con la pensión no contributiva de invalidez

En este segundo caso, haciendo referencia a las ayudas económicas que están disponibles para aquellos que estén cobrando una pensión no contributiva de invalidez hay que destacar que sí puede optar a las dos, tanto al IMV como a la Renta Mínima. Esto es debido a que puede cumplir todos los requisitos que se piden con ambos subsidios, a diferencia de la modalidad de jubilación.

En primer lugar, sobre el Ingreso Mínimo Vital, hay que destacar que se trata de una prestación que debe solicitarse al Instituto Nacional de la Seguridad Social siempre y cuando se tengan entre 23 y 65 años, es por ello que no pueden solicitarlo los jubilados mayores de 65 años. Pero no solo eso, también es necesario cumplir con una serie de requisitos imprescindibles durante todo el tiempo que se esté cobrando esta ayuda, debido a que, si se deja de cumplir alguno, la Seguridad Social podrá retirar esta cuantía económica. 

Además, sobre las cuantías que se pagan con este subsidio, cabe destacar que van desde los 470 euros al mes hasta los 1.033 euros al mes. Todas ellas, así como el resto de los requisitos que se deben cumplir, pueden consultarse en la completa guía sobre el Ingreso Mínimo Vital

Por otro lado, sobre la Renta Mínima de Inserción que también está disponible, al igual que ocurre en el caso anterior del cobro por una pensión de jubilación, se pueden consultar todos los datos necesarios mediante la visita a su guía completa. En la que se marcarán todos los pasos que se deben seguir para poder solicitarla a los Servicios Sociales comunitarios.

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