Logo de Huffpost

Un empleado despedido con solo un año de antigüedad logra 15.000 euros de indemnización sin ir a juicio: así lo consiguió

La empresa le despidió tras iniciar una baja médica sin aportar ningún motivo ni entregarle la carta de despido.


Juanma Lorente
Mazo de juez con billetes de euro |Juanma Lorente
Esperanza Murcia
Fecha de actualización:

Conocer tus derechos laborales, o contratar a un buen abogado para que te informe de ellos, es clave en determinados momentos. Y uno de ellos es el despido. El abogado laboral Juanma Lorente ha mostrado a través de su cuenta de Instagram un caso real que lo ejemplifica a la perfección, tras lograr que un empleado con solo un año de antigüedad en la empresa recibiera una indemnización de 15.000 euros por su despido.

La cuantía, a priori, puede sorprender, porque, en el mayor de los casos, si el despido se declarase improcedente, la indemnización que corresponde es de 33 días de salario por año trabajado, con un límite de 24 mensualidades. Así pues, ¿cómo consiguió este trabajador 15.000 euros? “En este caso, la empresa cometió un gran error”, comienza explicando Lorente.

El motivo es que este empleado había iniciado una incapacidad temporal (una baja médica) y, acto seguido, la empresa, “sin mediar razón”, le dio automáticamente de baja en la Seguridad Social. En otras palabras, le despidió sin entregarle una carta de despido, justificar los motivos y, ni siquiera, notificárselo. “Este hecho lo aprovechamos, y muy bien, en la demanda que le pusimos a la empresa”, manifiesta el citado abogado.

15.000 euros de indemnización sin ir a juicio

En primer lugar, cabe señalar que será improcedente el despido que se aplique sin justificar su causa o causas conforme a la ley. Es decir, cuando no hay una causa legal que lo justifique o no se ha seguido el procedimiento legal (como notificarlo por escrito). Pero, en el caso explicado, en caso de que se hubiera ido a juicio, lo más seguro es que el juez lo hubiese declarado nulo, por discriminación por razón de enfermedad.

Cabe recordar que la Ley 15/2022, Integral para la Igualdad de Trato y la no Discriminación, que entró en vigor en 2022, introdujo nuevas causas de discriminación no previstas en el artículo 14 de la Constitución Española, incorporando las de enfermedad o condición de salud, estado serológico y/o predisposición genética a sufrir patologías y trastornos, identidad sexual, expresión de género, lengua y situación socioeconómica, “por su especial relevancia social”.

Es por ello que el trabajador, previsiblemente, pudo conseguir una indemnización mayor. De hecho, tras recibir la demanda, la empresa le ofreció sin entrar a juicio la citada indemnización de 15.000 euros, posiblemente conocedora de que no habían aplicado y notificado el despido conforme la ley.

Otras noticias interesantes

Lo más leído