
El sistema más común para fomentar la inserción laboral entre los jóvenes suele estar ligado a un convenio de prácticas entre empresas e instituciones educativas. De esta forma, el estudiante pasa a convertirse en un becario. Una figura laboral que desde el Ministerio de Trabajo han querido explicar ante el aluvión de dudas.
Por regla general, se entiende que es un alumno que llega a una compañía para continuar formándose en el sector y completar su formación académica. Sin embargo, esta afirmación tiene algunos matices que se deben exponer.
Con la incorporación a prácticas extracurriculares y académicas, se presenta una buena oportunidad para que los recién graduados o todavía estudiantes adquieran experiencia en el ámbito profesional. El alumnado tiene la posibilidad de poner en práctica todo lo aprendido en su centro al mismo tiempo que viven su primera experiencia profesional.
Por tanto, esta figura cobra gran importancia para las empresas no solo por los beneficios fiscales, sino por la motivación que aportan, las nuevas ideas y la optimización de su figura tras el periodo de prácticas. Pero, ¿cuál es realmente la función del becario?
¿Qué es realmente un becario?
La función que va a desarrollar un becario, o lo que es lo mismo, un estudiante en prácticas en la empresa, va a depender de las necesidades que tenga la entidad. En líneas generales, el alumno va a poder materializar aquellas nociones teóricas que ha estudiado a lo largo de su etapa académica.
En todo momento, el becario debe estar acompañado de un tutor que lo guíe en las dificultades que pueda tener a lo largo de su periodo en prácticas.
¿Qué derechos tiene un becario?: RD 592/2014 y Estatuto del Becario
Hoy por hoy se encuentra en vigor el RD 592/2014, lo que se conoce comúnmente como el Estatuto del Becario, que regula las prácticas de los becarios en empresas, pero esto parece insuficiente para el Ministerio de Trabajo, que lleva cinco meses trabajando en una nueva normativa.
Por ello, el Gobierno ha puesto en marcha una serie de pautas que acogerá dicha normativa legal para mejorar las condiciones de los alumnos durante su periodo de prácticas en empresas.
RD 592/2014: La regulación en vigor de las prácticas en empresa
El Real Decreto 592/2014 es el reglamento en vigor por el cual se regulan las prácticas de empresa. Esta normativa pretende que los estudiantes pongan en práctica la teoría aprendida en la propia universidad o en empresas tanto públicas como privadas.
Por otro lado, el Real Decreto no contempla una relación laboral entre el alumno y la entidad. Por tanto, su figura no puede suponer en ningún caso la sustitución de puestos de trabajo.
El estudiante podrá realizar dos tipos de prácticas: curriculares o extracurriculares. Las primeras se realizarán conforme al Plan de Estudios del que se trate. Las extracurriculares, por su parte, tienen carácter voluntario y no forman parte del Plan de Estudios.
¿Y qué ocurre con las prácticas remuneradas? Las prácticas de empresa, si son remuneradas, se recibirán en concepto de bolsa o ayuda al estudio. En cuanto a esta cuestión, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha puntualizado hace unos días que pretende eliminar las prácticas extracurriculares no pagadas en el plazo de tres años.
Las claves sobre el Estatuto del Becario
Actualmente, aunque los becarios pueden obtener o no una remuneración, las empresas sí tienen la obligación de cotizar a la Seguridad Social. Con el Estatuto del Becario se pretende reconocer ese derecho a una remuneración, cubrir los gastos y poner en valor la labor del alumno en la empresa.
También se limitará el número de estudiantes según el volumen de trabajadores de la empresa: un becario si la empresa cuenta con hasta diez empleados; dos becarios si tienen entre 11 y 30 trabajadores; tres becarios para las que tengan entre 31 y 59 empleados; y un máximo del 5% de la plantilla para empresas con más de 60 trabajadores.
Otra de las cuestiones más relevantes que acoge el Estatuto del Becario residen en la tutorización continua al becario desde que comienza hasta que termina su periodo de prácticas. Con esta práctica se conseguirá que el alumno pueda recurrir a una persona para resolver los problemas o dudas que puedan surgir en un momento determinado. Para que el tutor responda al completo las necesidades del becario, este solo podrá tener asignados cinco becarios.
En definitiva, el objetivo que se persigue cumplir con esta nueva ordenanza es equiparar los derechos de los trabajadores y los becarios, así como regular la situación de los llamados “falsos becarios”. Es decir, evitar que los alumnos, en vez de formarse a través de la beca, realmente estén supliendo la figura del trabajador para la entidad donde realizan la beca.
Por esta razón, también se está contemplando la posibilidad de que los becarios tengan derecho a una prestación por desempleo tras este periodo de aprendizaje, vacaciones, cotización a la Seguridad Social y descansos.

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