La indemnización por despido viene a reparar el daño causado a un trabajador por extinguir la relación laboral. Es por ello que algunos trabajadores pueden preguntarse cuál es lo máximo que pueden recibir de su empresa o empleador en caso de ser despedidos. Sin embargo, no existe una cifra exacta, ya que las indemnizaciones se calculan a través de fórmulas, y no por cuantías específicas. En este sentido, la fórmula que permite contabilizar más días es la del despido improcedente.
El despido improcedente solo puede ser calificado por un juez y se produce cuando no existe una causa legal que lo justifique, esta es desproporcionada o no se ha seguido el procedimiento legal a la hora de ejecutar o comunicar el cese. Dicho esto, según el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores, en caso de haber sido despedido de manera improcedente, se tiene derecho a percibir una indemnización de 33 días de salario por año trabajado, con un límite de 24 mensualidades.
No obstante, si el contrato se firmó antes del 12 de febrero de 2012 (cuando se cambió la ley, durante el Gobierno de Mariano Rajoy), la indemnización será de 45 días de salario por año trabajado, con un máximo de 42 mensualidades. Es por esto que lo más importante a la hora de calcular la cuantía es la antigüedad en la empresa y el salario percibido durante ese tiempo, tomándose en cuenta el sueldo diario. Aunque el procedimiento de cálculo es sencillo, se puede utilizar esta calculadora del Consejo General del Poder Judicial.
Por ello, aunque en caso de improcedencia se puedan compatibilizar más días, eso no quita que una persona despedida por causas objetivas pudiera llegar a cobrar una indemnización mayor que otra despedida de manera improcedente, trabajando en la misma empresa, si la antigüedad y salario de la primera eran mayores. También hay que tener en cuenta que, a pesar de los límites fijados en cada caso en la normativa española, el juez puede establecer una indemnización adicional por daños y perjuicios ocasionados al trabajador, dependiendo del caso.
Los tribunales han concedido indemnizaciones mayores
En referencia a los límites de cada indemnización, en el último año se han emitido distintas sentencias en las que estas se han visto incrementadas. Es el caso de una sentencia de enero de 2023 del Tribunal Superior de Cataluña, que consideró que “cuando la indemnización legal y tasada resulte notoriamente insuficiente, podrá fijarse otra superior que alcance a compensar los daños totales y perjuicios que el acto ilícito del despido haya podido causar para eliminar así del mundo jurídico sus perniciosos efectos totales”.
Así pues, en este caso concreto, para el cálculo de la indemnización por un despido improcedente no se utilizó el ‘tope’ de 33 días, sino que se elevó hasta 48 días. Una decisión que tomaron amparándose en el Convenio 158 de la OIT y en el artículo 24 de la Carta Social Europea. Esta última, la Carta Social Europea, es la que dio pie a UGT a presentar una demanda para que se reforme el sistema actual, y que ha abierto el debate más candente de la actualidad laboral.
Reforma de la indemnización por despido
UGT presentó en 2022 una demanda ante el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) alegando que la indemnización por despido improcedente en España incumplía el artículo 24 de la Carta Social Europea por establecer un máximo (33 días de salario por año trabajado con un límite de 24 mensualidades), lo que en ocasiones impedía reparar realmente el daño causado.
Es así porque la norma española no permite superar este baremo, sin importar las circunstancias del despido, como expresó el CEDS en su informe de conclusiones de 2023: “el límite máximo de los baremos de indemnización no permite conceder a un trabajador una indemnización superior en función de todas las circunstancias, ya que los tribunales solo pueden ordenar una indemnización dentro de los límites del baremo”, puntualizaban.
Pero lo más importante, aunque no se haya publicado oficialmente, es que la semana pasada se pudo conocer que el mismo órgano ha fallado contra España y ha estimado la demanda de UGT, lo que podría provocar que el Gobierno reformara el sistema actual para poder concebir indemnizaciones mayores. Es algo que, de seguro, va a reclamar Sumar, ya que en su acuerdo con el PSOE prometieron cumplir con la resolución de Europa sobre este aspecto, además de que la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, está de acuerdo con los sindicatos y quiere que se modifique el sistema actual.
Otras noticias interesantes
-
Puedes cobrar la indemnización por despido a plazos junto al subsidio: el SEPE no puede denegártelo
-
Europa falla contra España: tendrá que subir la indemnización por despido
-
Cuándo puedes jubilarte de forma anticipada tras un despido
Lo más leído
-
La Seguridad Social tiene prohibido revisar la incapacidad permanente a partir de esta edad
-
El país de Europa que aprobó la jornada laboral de 4 días en 2019 y que cinco años después la productividad ha aumentado
-
Así subirán las pensiones a partir de enero de 2025: jubilación, viudedad, incapacidad permanente y no contributivas
-
70 años y 43 años trabajando en la misma empresa sin poder jubilarse por la hipoteca: "la vida no debería de ser tan difícil"
-
Precio de la luz mañana, 23 de diciembre, por horas: cuándo es más barata y más cara
-
Trabajo lo confirma: los trabajadores tendrán derecho “a no ser localizables” fuera de su jornada y se prohíbe la comunicación por cualquier vía