La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, propone cambios en el cobro del subsidio por desempleo. Una vez que el parado haya agotado su prestación, tendrá que presentar ante el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) una declaración responsable en la que aparezcan los ingresos tanto del demandante como del resto de miembros de su familia. Actualmente, el sistema de concesión de este subsidio es diferente y el Ministerio de Trabajo pretende aligerar los trámites.
Para evitar fraudes y engaños, será Hacienda quien deberá revisar los datos en el momento en que el beneficiario presente la declaración de la Renta (IRPF). Este punto viene contenido en un proyecto, el Real Decreto Ley de Simplificación y Mejora del Nivel Asistencial de la Prestación por Desempleo, algunos de cuyos datos ha adelantado el periódico El Mundo.
Multas más 'asequibles' para los desempleados
En el caso en que Hacienda compruebe que el solicitante del subsidio por desempleo ha mentido en la declaración, le impondrá dos sanciones. En primer lugar, tendrá que devolver el dinero recibido y en segundo lugar, pagar una multa. El documento aclara que en este último caso la cuantía es más baja que lo que hay que pagar a día de hoy.
Esta sanción sólo habrá que pagarla en el caso de que Hacienda detecte que ha habido una ocultación de rentas. Aclara el medio antes citado que este documento consta de 41 páginas, aunque no es oficial sino un borrador.
Hay que recordar que esta información llega en un momento clave en el que se debaten por parte de los miembros del Gobierno y los agentes sociales las condiciones del Salario Mínimo Interprofesional y se abren las negociaciones para estudiar el pago del subsidio por desempleo.
Cambios en el subsidio por desempleo
La polémica con el Ministerio de Economía de la recién nombrada presidenta del Banco Europeo de Inversiones Nadia Calviño, está servida. Y es que ya han aparecido las primeras discrepancias, centradas en la cuantía del subsidio por desempleo pero que llegaban a más aspectos.
Como resalta el documento elaborado por Trabajo y Economía Social, también habrá modificaciones en los colectivos que podrán recibir el subsidio comprendiendo a los menores de 45 años que no tengan cargas familiares siempre que hayan agotado la prestación contributiva por desempleo de 360 días. También se hará extensible a quienes acrediten periodos de cotización de menos de 6 meses y a los trabajadores eventuales del campo.
Así, quien haya cotizado durante tres meses, cobrará un subsidio de tres meses y sucesivamente hasta llegar a los seis meses que es cuando la cosa cambia. Si existen responsabilidades familiares, se podrá extender hasta 21 meses. De este modo se establece una cuantificación trimestral.
Prórroga de un mes para viajar al extranjero si se cobra el paro
En el texto elaborado por el Ministerio de Yolanda Díaz se aprecia otro cambio importante. Hoy, el ciudadano que esté cobrando la prestación o el subsidio por desempleo, no puede salir al extranjero por más de 15 días. La intención es ampliar este periodo a un mes, como figura en el borrador del documento.
Además reconoce el derecho a cobrar la prestación por desempleo a los trabajadores transfronterizos con residencia en Marruecos siempre y cuando hayan trabajado en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. Con esta iniciativa, como explica el Ministerio en el texto pendiente de aprobación, se da respuesta a los Planes Integrales de Desarrollo Socioeconómico.
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