Una heredera es multada y condenada a devolver 220.000 euros de la herencia de su tía: pertenecían a otros herederos según el testamento

El testamento establecía el reparto de los bienes, y la sobrina fue denunciada por apropiación indebida al quedarse con 220.000 euros que no eran suyos.

El mazo de un juez sobre billetes de euro
El mazo de un juez sobre billetes de euro Envato
Lucía Rodríguez Ayala

La Audiencia Provincial de Lleida ha condenado a una heredera por apropiarse de más de 220.000 euros que debían ser repartidos entre varios herederos, según un testamento. A pesar de las reiteradas advertencias legales, la mujer se negó a cumplir con la voluntad expresada en el testamento de su tía, lo que llevó a la justicia a imponerle una multa, y la devolución del dinero a los herederos más los intereses que había generado.

Según refleja la sentencia, la fallecida había dejado establecido en su testamento cómo debían repartirse sus bienes (así debe hacerse según la ley). En el mismo asignó cantidades específicas a varias instituciones y personas. Sin embargo, las sobrinas designadas como herederas interpretaron que los valores y activos financieros formaban parte de su herencia y los adjudicaron a su patrimonio.

Los perjudicados, que incluían instituciones y particulares entre los que destaca una representación formal a través del Ayuntamiento de Lleida, interpusieron una demanda inicial de interpretación testamentaria en la jurisdicción civil.

Tras no obtener el reparto correspondiente, estos legatarios, asesorados legalmente, optaron por la vía penal al considerar que la heredera actuaba de manera dolosa (que se realiza con conocimiento) al retener los bienes destinados a ellos

La justicia condena a la acusada a devolver el dinero que se había quedado de la herencia

Este nuevo proceso judicial pasó por varias etapas en las que se presentaron pruebas y testigos, la defensa de la acusada argumentaba que la sobrina no se ha quedado con el dinero de forma indebida, ya que las interpretaciones del testamento respaldaban su postura. 

Si embargo, la Audiencia Provincial determinó que según lo establecido en el artículo 254  del Código Penal, sí que había concurrido en un delito de apropiación indebida, porque había tomado para ella misma bienes que pertenecían a otros, causando perjuicio patrimonial.  Concluyó que la negativa a repartir los bienes tras varios requerimientos legales demostraba intención de enriquecerse indebidamente.

Para dictar el fallo, la justicia se basa en el Código Penal, que en sus artículos 109 y 116 obligan a reparar el daño causado por un delito. De este modo, la sobrina debe devolver los 220.000 euros de la herencia con los que se quedó, además de pagar los intereses legales que establece el artículo 1108 del Código Civil y abonar una multa de seis meses con una cuota diaria de 30 euros. Además, los beneficiarios recibirán una indemnización proporcional.

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